El principal argumento de defensa de los funcionarios “ad honorem” de la gestión de Francisco Azcué, intimados por la Caja de Jubilaciones, sostiene que al ocupar cargos políticos no existe relación de dependencia con el municipio y, por lo tanto, pueden percibir su haber previsional. Sin embargo, la normativa provincial no distingue tipos de empleo y el esquema de designaciones con adicionales vía Código 600 abre una pregunta difícil de esquivar: si está todo en regla, ¿por qué se recurrió a este mecanismo para canalizar esos ingresos? ¿por qué figuran en la página de sueldos municipales? ¿por qué cobran por gastos de representación y viáticos lo mismo o más que otros secretarios y subsecretarios que son trabajadores en actividad? ¿por qué el ex subsecretario de Salud, Germán Margaritini, también jubilado, renunció al cargo entonces? ¿Por qué el intendente no respondió el pedido de informes de los concejales opositores? Son muchas las preguntas …
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