Cargando clima...

DOS ORILLAS
Videos
Director: Claudio Gastaldi
viernes 14 de febrero de 2025
miércoles 29 de enero de 2025
miércoles 29 de enero de 2025
Paritarias: Empleados de Comercio acordaron aumento del 5,1 % hasta marzo de 2026
En efecto, según la información aportada a DIARIOJUNIO, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria 2024-2026 para la actividad mercantil. Las partes pactaron un incremento salarial de 5,1% que se abonaran en tres tramos : 1,7% a partir de enero 2025, 1,7% a partir de febrero 2025, y 1,7% a partir de marzo 2025. Deberán conformarse y aguantar el año con este aumento ya que lo pactado tiene vigencia desde el 1° de enero de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026.

Las partes pactaron un incremento salarial de 5,1% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de diciembre de 2024, con más las sumas de carácter no remunerativo que se irán incorporando conforme escalas salariales.

La mencionada suba de 5,1% se abonará en su valor nominal y en tres tramos: 1,7% a partir de enero 2025, 1,7% a partir de febrero 2025, y 1,7% a partir de marzo 2025.

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de enero de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de abril de 2025 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.

Cabe destacar que las partes acordaron incorporar las sumas no remunerativas a los básicos de convenio de la siguiente forma: el incremento de enero 2025 con los haberes de febrero 2025; el incremento de febrero 2025 con los haberes de marzo 2025; y, por último, el incremento de marzo 2025 con los haberes de abril 2025.

Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Vale mencionar que la presente revisión se da en el marco del compromiso de reunión pactado por las partes en el acuerdo del pasado 29 de noviembre ante las variaciones económicas registradas desde entonces, previsto en la cláusula 4ta del mencionado entendimiento.

Deja el primer comentario

Escribe aquí abajo lo que desees buscar
luego presiona el botón "buscar"
O bien prueba
Buscar en el archivo