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DOS ORILLAS
Director: Claudio Gastaldi
miércoles 30 de abril de 2025
miércoles 30 de abril de 2025

miércoles 30 de abril de 2025

Muy por debajo de la inflación se firmó la paritaria de empleados de comercio
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria para la actividad mercantil. El gremio aceptó una suba del 5,4% que se abonará en cómodas cuotas, en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos: 1,9% a partir de abril de 2025; 1,8% a partir de mayo de 2025, y 1,7% a partir de junio de 2025. Se comen la inflación del 3,7 de marzo, la que probablemente quede lejos eel 1,9 de abril y así termina de comprobarse que los dichos del presidente Javier Milei en cuanto a que los salarios le ganan a la inflación no es más que otra gran mentira del libertario golpeador de viejos que reclaman mejor jubilación.

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EL INFORME DE CAME TEXTUAL

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de abril de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de julio de 2025 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.

Cabe destacar que las partes acordaron incorporar las sumas no remunerativas a los básicos de convenio de la siguiente forma: el incremento de abril de 2025 con los haberes de mayo de 2025; el incremento de mayo de 2025 con los haberes de junio de 2025; y, por último, el incremento de junio de 2025 con los haberes de julio de 2025.

En el marco del entendimiento, también se definió el otorgamiento de una suma fija no remunerativa a abonarse en forma fraccionada y de la siguiente manera: $ 35.000 pagaderos durante abril de 2025; $ 40.000 pagaderos durante mayo de 2025, y $ 40.000 pagaderos durante el mes de junio de 2025. Estos últimos $ 40.000 se incorporarán a los básicos en su valor nominal, en el mes de julio de 2025.

Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Vale mencionar que la presente revisión se da en el marco del compromiso de reunión pactada por las partes en el acuerdo del pasado 24 de enero del corriente ante las variaciones económicas registradas desde entonces, prevista en la cláusula 4ta del mencionado entendimiento.

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