En la misiva, se denuncia “un esquema de fraude dentro de la Municipalidad de Concordia, donde funcionarios jubilados perciben haberes de la Caja de Jubilaciones de Entre Ríos y, simultáneamente, sumas millonarias bajo figuras simuladas”.
De acuerdo con la investigación periodística citada, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos habría intimado a determinados funcionarios vinculados a la Municipalidad de Concordia por la eventual incompatibilidad entre la percepción de jubilaciones provinciales y la obtención de ingresos provenientes del municipio.
Según dicha publicación, algunas de estas personas habrían sido designadas posteriormente en funciones dentro del ámbito municipal mediante decretos del Departamento Ejecutivo, continuando simultáneamente con la percepción del beneficio jubilatorio.
La Caja de Jubilaciones habría advertido que esta situación podría resultar incompatible con el régimen previsional provincial, motivo por el cual habría iniciado actuaciones administrativas de intimación para regularizar la situación.
La presente denuncia se sustenta en información periodística publicada por el portal Diario Junio, en una investigación firmada por el periodista Federico Odorisio, titulada: “La Caja de Jubilaciones intima a funcionarios de Azcué que cobran jubilación y perciben ingresos del municipio sin aportes”, Disponible en: https://www.diariojunio.com.ar/la-caja-de-jubilaciones-intima-a-funcionarios-de-azcue-que-cobran-jubilacion-y-perciben-ingresos-del-municipio-sin-aportes/
Los hechos denunciados podrían ‘prima facie’ encuadrar en diversas figuras del Código Penal: defraudación contra la administración pública – Artículo 174 inciso 5, falsedad ideológica de instrumento público- Artículo 293 e incumplimiento de deberes de funcionario público- Artículo 248. La determinación de la figura aplicable dependerá de lo que resulte de la investigación judicial.
De acuerdo con la investigación periodística citada, los decretos de designación habrían consignado que las funciones se desempeñarían ‘ad honorem’, aclarando expresamente que el cargo se ejercerá ‘sin liquidación del mismo’.
“En apariencia, dicha fórmula administrativa podría haber sido utilizada con el objeto de evitar el conflicto con el régimen previsional. No obstante, la situación administrativa no habría finalizado en ese punto”, según la denuncia.
“Según lo publicado por el medio citado, posteriormente se habrían dictado decretos mediante los cuales a estas mismas personas se les asigna el denominado ‘Código 600’, una partida presupuestaria utilizada habitualmente para otorgar adicionales no remunerativos, tales como: gastos de representación, compensaciones especiales u otros conceptos similares”.
“Estos adicionales se canalizarían mediante recibos de haberes emitidos por el municipio, aunque sin que se registren aportes previsionales correspondientes”.
“En consecuencia, resultaría pertinente verificar no solo la utilización del denominado Código 600 sino también la eventual utilización de otros códigos presupuestarios o partidas administrativas similares que pudieran haber sido utilizadas para canalizar pagos vinculados al ejercicio de funciones municipales”.
“El esquema descripto -designaciones ‘ad honorem’-, seguidas de asignaciones económicas mediante códigos presupuestarios, podría configurar, prima facie, un supuesto de simulación administrativa. En el derecho administrativo rige el principio de primacía de la realidad, conforme al cual la naturaleza jurídica de una relación se determina por los hechos efectivamente verificados y no por la denominación formal utilizada en los actos administrativos. Por lo tanto, si se verificara que las personas designadas desempeñaban funciones públicas y percibían sumas de dinero vinculadas a dichas funciones, la calificación formal de ‘ad honorem’ podría resultar desvirtuada”, se remarca en la nota.
Más adelante, se menciona que el sistema previsional provincial se encuentra regulado por la Ley Provincial Nº 8732 (Régimen de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos). “El artículo 73 establece: ‘Para entrar en el goce del beneficio jubilatorio el afiliado deberá cesar en toda actividad en relación de dependencia. Si reingresara en cualquier actividad en relación de dependencia, se suspenderá el goce del beneficio hasta que cese en aquella’.
“En consecuencia, si se verificara que personas jubiladas por el régimen provincial fueron posteriormente designadas en funciones dentro de la estructura municipal, podría configurarse una situación incompatible con la percepción del beneficio jubilatorio”, se remarca en la denuncia.
“La investigación podría analizar la eventual responsabilidad de las autoridades que intervinieron en la redacción y firma de los decretos de designación. La emisión de un decreto administrativo implica: su elaboración técnica, su revisión administrativa y su firma por las autoridades competentes.
Si en dichos decretos se consignó expresamente la modalidad “ad honorem”, “sin liquidación de cargo” ó “frases similares”, ello podría constituir un indicio de que las autoridades firmantes tenían conocimiento de la situación previsional de las personas designadas.
En ese contexto, “la investigación podría evaluar si dichas autoridades participaron, al menos en carácter de coautores o partícipes necesarios, en la implementación de un mecanismo administrativo que habría permitido el ejercicio de funciones públicas mientras se mantenía la percepción del beneficio jubilatorio”.
Asimismo, si se verificara que se abonaron contraprestaciones económicas sin realizar los correspondientes aportes previsionales, podría configurarse un perjuicio patrimonial para organismos que integran el sistema de seguridad social provincial, entre ellos: la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos y la obra social provincial (IOSPER / OSER).
La eventual omisión de aportes previsionales podría ser analizada como una forma de evasión previsional, dado que el financiamiento de dichos organismos depende de los aportes derivados de las relaciones laborales con el Estado.
Los hechos denunciados podrían haber generado un perjuicio económico directo para el Estado en al menos dos planos institucionales distintos. Por un lado, el sistema previsional provincial podría haber continuado abonando beneficios jubilatorios a personas que eventualmente se encontrarían desempeñando funciones dentro de la administración pública municipal, situación que de verificarse, resultaría incompatible con el régimen establecido por el artículo 73 de la Ley Provincial Nº 8732.
Por otro lado, el propio Estado municipal habría efectuado erogaciones presupuestarias destinadas a retribuir funciones públicas mediante partidas tales como el denominado Código 600 u otros conceptos similares, sin registración laboral ni aportes previsionales.
En consecuencia, podría haberse producido una doble afectación patrimonial al Estado: pago indebido de beneficios previsionales, utilización de recursos municipales para abonar funciones incompatibles con el régimen previsional.
Incorrecta legal y éticamente
Por su parte, Pérez sostuvo que la Justicia “por ahí es lenta”, pero “quizás esta vez tomen cartas rápido en el asunto”. “Estas cosas le hacen mal al municipio. Si hay que agregar algo, agregaremos algo más”.
Asimismo, Pérez dijo que la doble percepción es incorrecta desde el punto de vista “ético y legal”. “Si cumplís una función, tenés que renunciar a la Caja hasta que dejes de ser funcionario”, mencionó. Además, dijo que los funcionarios municipales no están aportando lo que están cobrando. “El Código 600 es un invento. ¿Por qué, si sos funcionario, tenés que cobrar en negro? No existe eso”, expresó.
El representante de ATE Concordia fue muy crítico con la decisión de percibir un adicional sin que se le practique descuento alguno. En ese sentido, remarcó que la Caja de Jubilaciones, a pesar de llevar del 16 al 19 % los aportes de los empleados estatales, sigue en pérdida. “¿Cómo no va a estar en pérdida si hace ocho meses, casi 10 meses, estamos con sueldos congelados? No hay ingreso a la Caja. Lo mismo va a pasar con la obra social. Las prestaciones siguen subiendo y no son las mismas que hace un año atrás”, remarcó.
Más adelante, mencionó que los empleados estatales están perdiendo poder adquisitivo. “La gente está cada vez más ahogada”, describió. “Los empleados estatales estamos en la pobreza. En la pandemia hubo enfermeros que han muerto por el Covid y ahora parece que somos lo peor que hay”, remarcó.
Por último, el secretario general de ATE Concordia subrayó los reproches al gobierno provincial y municipal. “Venían a erradicar la pobreza y, en vez de bajarla, la subieron”, mencionó. “Es lamentable lo que se ve en la calle. Uno que anda en el fútbol y ve los gurises, ve que no hay trabajo, mucha gente se fue a Brasil, a la cosecha de manzana, en estos dos o tres meses. Allá no cobran nada del otro mundo, pero cobran y el que la sabe hacer se viene con una moneda”, dijo.
Por su parte, José Ramón Cabrera, integrante del Frente Surge uno de los firmantes de la denuncia -junto a Jorge López, integrante de la Mesa Coordinadora de Jubilados y Pensionados de la plaza 25 de Mayo-, dijo que no podían quedarse en silencio ante algo “que parece tan injusto”. “Desde Surge y desde la Mesa de Jubilados y Pensionados no podemos caer en la complicidad de que haya funcionarios que cobren doble. Para nosotros sería un acto de cobardía. Nos duelen estas cosas, los funcionarios saben que perjudican la entrada de la Caja y a muchos jubilados y pensionados”, dijo.
A su vez, indicó que hay muchas personas que les indicaron que es una práctica que se realiza desde hace mucho tiempo. Cabrera no le esquivó al planteo y sostuvo que “se ve que algunos todo este tiempo estuvieron enriqueciéndose y no pensaron en los trabajadores, en el pueblo y en los compañeros jubilados”. “Nosotros si lo estamos pensando ahora. Por eso hemos hecho esta presentación”, añadió.



