En el marco del legajo “Varios Padres en representación de sus hijos, Asociación Gremial AGMER y Fundación CAUCE c/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/ Acción de Amparo”, Legajo Nº 36759, el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones Nº 9 de Paraná, Juan Francisco Malvasio, hizo lugar hoy a la acción de amparo colectivo promovida contra el gobierno provincial. En consecuencia, el magistrado ordenó al gobierno de Entre Ríos que se abstenga de ofrecer, servir, entregar o distribuir en los establecimientos educativos públicos provinciales dependientes del Consejo General de Educación (CGE) productos alimenticios no perecederos destinados a desayunos y meriendas que contengan uno o más sellos de advertencia o leyendas precautorias, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley Nº 27.642, según información envIada a DIARIOJUNIO.
La declaración del ejecutivo del Grupo Techint Pablo Daniel Brizzio cayó como una granada. Contradijo toda la versión oficial. Sostuvo que no les pidieron dinero y desmintió que Techint hubiera hecho “pagos humanitarios” para salvar a sus empleados de Venezuela. ¿De qué se disfrazará la corrupta justicia federal de Comodoro Py?
El Ministro de Seguridad y Justicia de Entre Ríos, Néstor Roncaglia, brindó detalles sobre la investigación de la Justicia Federal que derivó en la detención de un comisario de la fuerza provincial y en cuatro allanamientos realizados en distintos domicilios.
El Superior Tribunal de Justicia condenó a Guillermo Schmid el 12 de abril de 2022, por injurias y calumnias proferidas contra el director de DIARIOJUNIO y exdirector-fundador de la radio pública, Radio Ciudadana, Claudio Gastaldi. La sentencia contra Schmid lo condenó a abonar una suma en concepto de indemnización y la obligación de retractarse publicando el fallo en un medio gráfico y en la misma página ASEC Concordia, que cuenta con más de 40 mil seguidores, y que fue la usina desde donde se profirieron las calumnias, injurias e insultos. Ya pasaron 4 años de la condena y el difamador (que en el transcurso fue imputado por otro delito), sigue sin cumplir la parte principal de la sentencia que es la que lo obliga a publicar en la cloaca de ASEC el fallo judicial. Así las cosas, dicha manda judicial integra la cosa juzgada y permanece incumplida. Vale destacar que la Ley y la justicia civil de esta provincia y del país tiene formas de obligar a un condenado a cumplir con la obligación de pagar por sus yerros. En términos más concretos, los astreintes son sumas de dinero que se deben pagar por cada día de retraso en el cumplimiento de una orden judicial, hasta que se cumpla con la obligación establecida. Su objetivo es asegurar el cumplimiento de las decisiones judiciales y presionar a la parte morosa para que actúe conforme a lo que se ha determinado por el juez. En este aspecto debe señalarse que el juez Belen lo condenó a pagar y ahora el caso está en manos de la Cámara Civil integrada por Flavia Pasqualini; Diego Esteves, Vice y Vocal Gregorio Martínez. La secretaría de este juzgado está a cargo del Dr. Jorge Orlandini.
El comisario Daniel Rosatelli fue trasladado a la Unidad Penal N°1, donde permanece custodiado en una celda individual. En las próximas horas será indagado. Hay otro detenido nuevo. Para su defensa técnica, el imputado designó a los abogados Rubén Pagliotto, Damián Petenatti y Miguel Ángel Cullen.
Expertos de la Federal declararon como testigos ante el Tribunal. "Se pudo haber alejado solo del punto 0, pero es imposible que haya desaparecido solo". "Alguien se lo llevó." "Entiendo que a Loan lo sacan." Las frases, que fueron pronunciadas este miércoles en el Tribunal Federal de Corrientes, pertenecen a los detectives de la Policía Federal Marcelo Román y Maximiliano Aciares y fortalecen la hipótesis que da nombre al caso, la de la sustracción y el ocultamiento de Loan Danilo Peña el 13 de junio de 2024 en El Algarrobal, 9 de Julio.
Se trata del sonado caso Mitre-Bertoldi que derivó en el juicio y condena de la kinesióloga María Soledad Mitre a 3 años y 6 meses de prisión efectiva por el homicidio culposo de Claudia Bertoldi, ocurrida el 23 de septiembre de 2020. Bertoldi falleció debido a una embolia gaseosa durante una sesión de carboxiterapia realizada sin la habilitación legal correspondiente. La pena de prisión efectiva (3 años y 6 meses) fue impuesta por el juez Germán Dri y apelada ante el tribunal de casación integrado por los jueces María del Luján Giorgio, presidenta; María Evangelina Bruzzo, Vicepresidenta y Darío Perroud, vocal. Ese tribunal redujo la pena a solo 3 años, es decir, un fallo que evitaba que la condenada cumpla su pena en prisión. La querella y como era de esperar presentó un recurso cuestionando la Sentencia No 312, de fecha 2 de diciembre de 2025, dictada por la Sala II de la Cámara de Casación Penal. Es así que en este momento quienes deberán resolver esta disputa integran el Superior Tribunal de Justicia. Los tres integrantes de la Sala Penal tienen la última palabra y deberán decidir sí, como dice la querella el tribunal de Casación actuó y falló con “arbitrariedad constitucional”. Señala el escrito de la querella: “No pedimos que ustedes (STJ) determinen cuál es la pena justa. Pedimos, en cambio, que determine si la Cámara de Casación explicó constitucionalmente cómo llegó a la pena que impuso”. Lo que sigue son los contundentes argumentos de la querella.
La Procuración General de Entre Ríos se pronunció a favor de mantener la medida cautelar que suspendió la implementación del nuevo sistema de comedores escolares. En su dictamen, García sostuvo que la resolución judicial que ordenó frenar la distribución de productos con sellos de advertencia está debidamente fundamentada y que su continuidad es necesaria para garantizar una protección urgente mientras se resuelve la cuestión de fondo. El dictamen fue emitido a raíz del recurso presentado por la Fiscalía de Estado para revertir la decisión judicial del Juez Malvasio y ahora el planteo deberá ser resuelto por el Superior Tribunal de Justicia (STJ).
La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná declaró inconstitucionales dos decisiones mediante las cuales el Poder Ejecutivo y el Senado de Entre Ríos otorgaron incrementos salariales a sus trabajadores bajo el concepto de “no remunerativos”. El tribunal sostuvo que esas sumas debían considerarse parte del salario y, por lo tanto, estar sujetas a aportes y contribuciones previsionales y de obra social.
El Gobierno recusó al juez Juan Francisco Malvasio, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, en cuyo despacho recayó el amparo colectivo presentado por un grupo de padres de niños que asisten a comedores escolares, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y la ONG ambientalista Fundación Cauce por el cual pretenden que la Justicia frene la instrumentación del sistema de compra centralizada de insumos que licitó el Ministerio de Desarrollo Humano y que se adjudicó a la firma Teknofood SA. La recusación señala que el juez Malvasio "ha afirmado anticipadamente que los productos cuestionados poseen una aptitud dañosa, y así ha mandado a publicar información sobre el pleito, lo que irremediablemente lleva a esta parte a detectar prejuzgamiento”.
5 comentarios
Blanco republicano
Viste che, los que se dicen «Republicanos» (com dijo Mi-propia-ley, Miley, Milei: «Dentro de la Ley Todo, afuera de la Ley Nada»…jajajajajajaja) …pero no respetan lo que la Justicia dice…viste che, que «Republicanos» que son esto «blanquitos» Korruptos con K de Kuka Kucaracha….jajajajajajaja
ruben
Espero que la justicia ahora controle todos y cada uno de los comedores, a ver que encuentra
santiago
Considero que Azzalini debe renunciar a su cargo. Generó mucho daño al sistema de comedores y también impactó en educación.
Afuera Azzalini por no saber leer la realidad de Entre Ríos.
Lo apoyo
Absolutamente cierto Santiago. Sobre todo genera muchos daño a quienes morraleaban con el manejo de comedores, las tarjetas y compras. Sistema perverso si los hay pues las escuelas son para aprender y no para dar de comer. Aunque por estas horas pareciera que su función principal sea esa.
NachoJP
Fuertes declaraciones de Felipe el Bautista: «Las nutris son kukas
Las maestras son kukas
La Justicia es kuka
Ñañañañaña
Kuka kuka kuka»
Hablando en serio, gracias y felicitaciones a nutricionistas y a maestros por plantarse con argumentos y honestidad intelectual.
Saludos, el diario está muy bueno.