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ATER lanza un plan de facilidades para regularizar tributos provinciales e informa que desde agosto solo emitirá boletas en formato digital
La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) lanzará este viernes 1° de agosto un Plan Especial de Facilidades de Pago para regularizar todos los tributos provinciales. El plan estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2025 y se implementará en tres etapas, con beneficios graduales según la fecha de adhesión.

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El anuncio fue realizado por el ministro de Hacienda, Fabián Boleas, en una rueda de prensa en Casa de Gobierno, junto al titular de ATER, Jesús Korell. Además del régimen de facilidades, se relanzará la campaña de adhesión a la boleta digital, ya que ATER dejará de imprimir y distribuir boletas en formato papel a partir de agosto.

El plan fue instrumentado a través del decreto N° 1.843/25 y tiene como objetivo ofrecer una herramienta transitoria y extraordinaria para que contribuyentes y responsables puedan regularizar obligaciones tributarias adeudadas. Como novedad, también permitirá declarar obras y mejoras constructivas no denunciadas ante Catastro.

Desde el gobierno provincial señalaron que la medida responde a planteos de distintos sectores de la economía entrerriana y al contexto económico nacional. En ese sentido, consideran que el nuevo plan de facilidades acompaña, alivia y reconoce el esfuerzo de los contribuyentes, brindando una solución concreta para sanear deudas tributarias con beneficios y condiciones ventajosas.

Características generales

Cobertura: incluye obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2025, multas pendientes de pago de obligaciones canceladas, deudas en instancia administrativa o judicial y planes ordinarios (vigentes o caducos). También abarca deudas por rectificaciones espontáneas de Declaraciones Juradas.

Condonaciones: ofrece descuentos en intereses y multas por infracciones materiales, según etapa y modalidad elegida. Puede alcanzar el 100% de condonación en Etapa 1 para pagos al contado.

Multas por deberes formales: se condonan de forma total si el deber fue cumplido al menos cinco días hábiles antes del fin del plazo de acogimiento.

Financiación: cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con tasas de interés bajas y sistema de amortización francés.

Acceso: la adhesión es digital, a través de la web oficial de ARCA con Clave Fiscal.

Obras no declaradas: permite declarar obras y mejoras no denunciadas ante Catastro, con condonación de multas e intereses derivados del aumento de avalúo y de infracciones establecidas en la Ley N° 8672.

Etapas y beneficios

Etapa 1 (1° de agosto al 30 de septiembre de 2025):

– Pago contado: condonación 100% multas e intereses.

– 3 cuotas: 80% multas, 90% intereses. Anticipo 10%, cuota mínima $100.000.

– 5 cuotas: 60% multas, 70% intereses. Anticipo 20%, cuota mínima $150.000.

Etapa 2 (1° al 31 de octubre de 2025):

– Pago contado: 80% multas e intereses.

– 3 cuotas: 60% multas, 70% intereses. Anticipo 15%, cuota mínima $150.000.

– 5 cuotas: 40% multas, 50% intereses. Anticipo 20%, cuota mínima $200.000.

Etapa 3 (1° al 30 de noviembre de 2025):

– Pago contado: 60% multas e intereses.

– 3 cuotas: 40% multas, 50% intereses. Anticipo 20%, cuota mínima $200.000.

– 5 cuotas: 20% multas, 30% intereses. Anticipo 25%, cuota mínima $250.000.

Requisitos

Para acceder al plan, los contribuyentes deberán estar adheridos a la Boleta Digital y tener canceladas las obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio de 2025 correspondientes a los tributos que desean regularizar. La adhesión se realiza con Clave Fiscal desde la web de ARCA, en la sección “Servicios de ATER”.

Agentes de Retención, Percepción y Recaudación

Quienes adeuden montos por estas obligaciones podrán acceder solo por esas deudas, sus accesorios y multas, con condiciones específicas:

Hasta el 30 de septiembre:

– Contado: condonación 80% multas e intereses.

– 3 cuotas: 60% condonación. Anticipo 20%, cuota mínima $400.000.

Hasta el 31 de octubre:

– Contado: 60% condonación.

– 3 cuotas: 40% condonación. Anticipo 25%, cuota mínima $500.000.

Hasta el 30 de noviembre:

– Contado: 40% condonación.

– 3 cuotas: 20% condonación. Anticipo 30%, cuota mínima $600.000.

Digitalización de servicios

A partir de agosto, ATER dejará de distribuir boletas en papel. Los contribuyentes podrán acceder y pagar sus impuestos de forma digital, a través de los siguientes medios:

– Correo electrónico: quienes ya se adhirieron a la Boleta Digital la recibirán en su bandeja de entrada.

– Sitio web oficial: www.ater.gob.ar.

– Domicilio Fiscal Electrónico (DFE): disponible con Clave Fiscal en la web de ARCA.

– Aplicación “Mi Entre Ríos”: estará disponible próximamente.

+ Pago online: PlusPagos.com, Home Banking (Red Link y Banelco), con VEP/VPA/VCD.

– Código QR: habilitado desde el portal oficial.

– Débito automático: desde cuenta bancaria o tarjeta de crédito.

– Cajeros automáticos habilitados.

– Pago presencial: en sucursales de Entre Ríos Servicios o PlusPagos Servicios, solo con DNI, CUIT, número de partida o dominio.

Por último, se informa que los contribuyentes podrán abonar obligaciones vencidas o próximas a vencer sin necesidad de presentar la boleta impresa.

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