La Fundación CAUCE inició un nuevo amparo el 6 de noviembre de 2025, luego de que la Provincia no respondiera en tiempo y forma a una solicitud de acceso a la información pública presentada el 19 de septiembre. El pedido apuntaba a obtener datos esenciales sobre los proyectos de ampliación de la navegabilidad del río Uruguay, tanto aguas arriba como aguas abajo del Complejo Hidroeléctrico Salto Grande, y sobre la conclusión de la esclusa de navegación de la represa (esclusa Ayuí) o proyectos alternativos.
Además, la Fundación requería los estudios de impacto socioambiental realizados o previstos, el detalle del financiamiento y la forma en que se garantizaría la participación ciudadana en estos procesos.
Desde CAUCE destacan que se trata de información pública ambiental, que posee un estatus especial según la Constitución Nacional y la Ley General del Ambiente. A diferencia de la información genérica, no puede ser obstruida por normas provinciales recientes como la Ley 11.191; los plazos, respuestas y mecanismos en caso de denegación están regulados específicamente para proteger el derecho ciudadano al acceso a la información ambiental.
La Fundación subraya que los estándares del Acuerdo de Escazú, suscrito por Argentina, obligan a todos los niveles del Estado a garantizar estos derechos, permitiendo que la ciudadanía participe en decisiones sobre proyectos que afectan los recursos naturales y el desarrollo sustentable. La jurisprudencia entrerriana ya ha reconocido que la vía del amparo es rápida y expedita frente a la negativa de información ambiental, y que el Estado no puede eludir su entrega mediante invocaciones genéricas de confidencialidad; cualquier dato sensible debe tratarse mediante mecanismos de disociación o tachas.







