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Caso Laurta: Abren sumario interno en el Poder Judicial por fallas en la protección de las víctimas del doble femicidio
El Tribunal Superior de Justicia investiga posibles omisiones y negligencias de funcionarios judiciales que intervinieron antes del femicidio de Mariel Zamudio y Luna Giardina, ex pareja y ex suegra del uruguayo Pablo Laurta. La abogada querellante, Marina Romano, advirtió que “el sistema no protegió a Luna” y reclamó que se revisen todas las actuaciones, “sin importar el rango”.
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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) dispuso la apertura de un sumario administrativo interno para determinar si existieron fallas en el accionar de funcionarios judiciales antes del doble crímen de Mariel Zamudio y Luna Giardina, ocurrido en Córdoba, por el que está imputado Pablo Laurta.

La medida alcanza a una fiscal y tres ayudantes fiscales que intervinieron en las denuncias previas realizadas por las víctimas, y busca establecer si hubo omisiones o negligencias en la atención y seguimiento de los casos de violencia que antecedieron al crimen.

La abogada querellante, Marina Romano, impulsó el pedido de revisión institucional y valoró la decisión del TSJ: “La investigación interna va en el camino correcto. No se trata de una caza de brujas, pero todos tenemos que dar explicaciones, y más aún quienes juzgan a otros”, remarcó.

Romano recordó que Luna Giardina había denunciado reiteradamente a su expareja, alertando sobre su peligrosidad y relatando episodios de hostigamiento. También hubo advertencias de vecinos que lo vieron merodeando la vivienda.

“El sistema falló. Pasaron meses en los que estuvo desprotegida. El botón antipánico resultó insuficiente, las medidas burocráticas no se aplicaron con eficacia, y a un hombre que entró al país con armas se le dio apenas 30 días por desobediencia a la autoridad”, subrayó.

El eje del sumario apunta a determinar por qué no se adoptaron medidas preventivas más firmes, pese a los antecedentes y denuncias. Una de las actuaciones más cuestionadas fue la evaluación psicológica que consideró que el imputado “no era peligroso”, decisión que permitió su liberación tras un breve arresto.

“Liberarlo a los 30 días, sin fijar domicilio ni imponer medidas de arraigo, fue un error. Se lo trató como a una persona sin antecedentes, cuando ya había mostrado un perfil violento y planificaba su accionar”, apuntó Romano.

La querellante insistió en que la revisión del caso debe servir para corregir los mecanismos de protección a las víctimas: “El Estado tiene que definir si va a seguir actuando mecánicamente o si va a evaluar con seriedad el riesgo que corre cada persona. Porque si no, terminamos dejando a las víctimas libradas a su suerte, como le pasó a Luna.”

El TSJ deberá ahora determinar responsabilidades individuales dentro del Poder Judicial y establecer si existieron omisiones que contribuyeron a la falta de protección previa al doble femicidio.

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