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Caballos con microchip y documentación digital: el SENASA cambia las reglas para trasladarlos en todo el país

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) estableció nuevas reglas para la identificación y el traslado de caballos en todo el país. La normativa incorpora la identificación electrónica obligatoria mediante microchip y avanza hacia un sistema de documentación sanitaria exclusivamente digital.

14 septiembre, 2026

5:13 pm

La medida quedó formalizada a través de la Resolución N° 831/2026, publicada el jueves en el Boletín Oficial de la Nación. Según el cronograma establecido, desde el 1 de marzo de 2027, todos los equinos que deban trasladarse dentro del territorio nacional deberán contar con un dispositivo de identificación electrónico.

El microchip deberá colocarse en el tercio medio del lado izquierdo del cuello del animal y luego deberá ser vinculado y registrado en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).

La identificación podrá cargarse mediante aplicaciones homologadas por el SENASA, a través del sistema de autogestión en línea o de manera presencial en las oficinas locales del organismo.

El dispositivo será utilizado para verificar la identidad de los animales en distintas instancias sanitarias, entre ellas la toma de muestras para diagnóstico, la emisión de documentos sanitarios y la aplicación de tratamientos veterinarios. También será requerido en operaciones de importación y exportación y para autorizar el ingreso de animales a la zona libre de Anemia Infecciosa Equina (AIE).

La resolución también crea la Libreta Sanitaria Equina Digital (LSED) como documento oficial de alcance nacional y establece el Pasaporte Equino Digitalizado (PED) para simplificar los controles en actividades deportivas, de recría y de trabajo.

Quienes ya tengan un pasaporte en papel deberán digitalizarlo y registrarlo en el sistema del SENASA. El documento físico podrá continuar en poder del propietario y mantener su validez para el traslado, pero deberá contar con su correspondiente respaldo digital.

El reemplazo de la documentación en papel será progresivo. Desde el 31 de diciembre de 2026 dejarán de emitirse nuevas Libretas Sanitarias Equinas en formato papel. Las que hayan sido emitidas antes de esa fecha podrán utilizarse para circular hasta el 31 de diciembre de 2027.

A partir del 1 de enero de 2028, la Libreta Sanitaria Equina Digital y el Pasaporte Equino Digitalizado pasarán a ser las únicas credenciales válidas para respaldar el movimiento de équidos dentro del país.

Para determinadas operaciones, como la importación y exportación, la provisión de caballos para faena de exportación o el ingreso a la zona libre de AIE, continuará utilizándose el Documento de Tránsito electrónico (DT-e).

La nueva normativa también alcanza a las empresas que desarrollen sistemas para gestionar la Libreta Sanitaria Equina Digital. Sus aplicaciones deberán ser homologadas por el SENASA y garantizar la interoperabilidad con los sistemas oficiales, la validación segura de los datos y el cumplimiento de las normas de seguridad informática.

Según el organismo, la identificación electrónica permitirá avanzar hacia un sistema de trazabilidad de los equinos, con información sobre el origen, el estado sanitario y el destino de cada animal.

El esquema comenzará a aplicarse en 2027 y tendrá su cambio definitivo en 2028, cuando quede eliminada la documentación sanitaria en papel para el movimiento de caballos dentro del país.

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