El Gobierno nacional derogó el Decreto vigente desde 1993, que establecía pautas para la fijación y comunicación de aranceles en los colegios privados, y reemplazó ese marco por una política de libre determinación de precios.
La medida oficializada mediante el Decreto 787/2025 y publicada hoy en el Boletín Oficial, lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni, la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello y el ministro de Economía, Luis Caputo.
En sus artículos, el texto deroga por completo el régimen que obligaba a los institutos privados a informar con anticipación los montos de las matrículas y las cuotas, y que habilitaba al Estado a suspender subsidios en caso de aumentos considerados injustificados. Desde ahora, los establecimientos podrán modificar sus valores arancelarios en cualquier momento del año lectivo, sin necesidad de autorización ni aviso previo.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/334299/20251111
Según los fundamentos del decreto, la intervención estatal previa —que requería la presentación de los montos de matrícula y cuotas antes del 31 de octubre de cada año— “limita la capacidad de adaptación de los institutos a las fluctuaciones del mercado, impidiendo que ajusten sus precios en función de la realidad económica y los costos operativos”.
Para el Gobierno, el viejo sistema genera una “situación de incertidumbre económica para los institutos”, ya que, al no poder modificar sus valores durante el año, “suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal”.
En cambio, sostiene el texto oficial, la desregulación permitirá una competencia más transparente: “Este mecanismo de fijación de precios perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo, limitando su capacidad de elegir establecimientos adecuados a sus posibilidades económicas”.
En ese sentido, el Ejecutivo afirma que la liberalización del sistema “resguarda el derecho de propiedad de los establecimientos educativos”, al devolverles la “libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados sin necesidad de autorización estatal”.
Tras ello, el decreto reconoce que el marco de hace más de 30 años “fue dictado en un contexto fáctico y normativo distinto al actual”, cuando la educación aún estaba bajo administración nacional.
Actualmente, aclara, las competencias fueron transferidas a las provincias, lo que “justifica su revisión para adecuarlo al esquema actual de distribución de funciones”.
Por último, en su artículo 2°, el nuevo decreto instruye al Ministerio de Capital Humano a revisar también el Decreto 2542/1991, que regula el financiamiento de la educación privada subsidiada, y a “elevar una propuesta de modificación”. Es decir, el cambio podría alcanzar en breve al sistema de aportes estatales que hoy reciben miles de instituciones privadas en todo el país.
Sin aviso, sin tope y sin control
Con la nueva normativa, desaparece la obligatoriedad de los colegios de comunicar a las familias antes de fin de año el monto de la matrícula, la cantidad de cuotas anuales y el valor de cada una, además de las condiciones de reintegro en caso de desistimiento. En adelante, los institutos podrán modificar las tarifas incluso con el ciclo lectivo en curso, sin necesidad de justificación ni intervención del Estado.






