La Cámara de Casación de Concordia resolvió el pasado 25 de julio de 2025 apartar al fiscal José Arias de una causa judicial que investiga presuntas irregularidades durante la gestión del ex intendente Enrique Cresto, tras un planteo de recusación presentado por la abogada defensora María de los Ángeles Petit, que alegó falta de objetividad por parte del representante del Ministerio Público Fiscal.
La resolución, adoptada por mayoría con los votos de los jueces María del Luján Giorgio y Darío Gustavo Perroud, representa el tercer fallo judicial que remueve al fiscal Arias de una causa. Anteriormente, ya había sido apartado de los expedientes «González, Juan Adolfo S/ su denuncia» (Leg. IPP 9029/18) y «IAPSER – Actuaciones de Oficio S/ Recurso de Apelación» (Leg. 1885-OGA-2024), ambos mediante sentencias firmes del Tribunal de Juicios y Apelaciones. En esta oportunidad, la recusación fue planteada en el marco del expediente “MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA – EN SU PERJUICIO – SU DENUNCIA S/ RECURSO DE CASACIÓN. EXPTE. 1464/25”.
Fundamentos del fallo
El juez Darío Perroud argumentó que el apartamiento se basó en la necesidad de que los fiscales actúen con estricto apego al principio de objetividad, conforme lo establecen el artículo 120 de la Constitución Nacional, el artículo 207 de la Constitución de Entre Ríos y la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley 10.407). También citó el artículo 56 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, que exige a los fiscales actuar con imparcialidad y velar por las garantías constitucionales.
Según su voto, existen “fundados motivos para temer la pérdida de objetividad por parte del Fiscal”, lo que justifica el apartamiento, y consideró que las razones expuestas por la defensa “encuentran apoyatura en circunstancias objetivas de la presente causa que permiten dar sustento al temor de parcialidad alegado”.
Por su parte, Giorgio subrayó que la designación de Arias generó “suspicacia” por haberse hecho sin que estuviera de turno, y mencionó además como elementos relevantes para justificar el apartamiento, la “interlocución antagónica” con la defensa durante una audiencia a la que el fiscal no asistió, la oposición de sus colegas a su intervención en la causa, y la supuesta omisión de investigar a otros funcionarios que habrían actuado en condiciones similares durante otras gestiones municipales.
La investigación
La causa en cuestión gira en torno a la adquisición de GNC por parte de la Municipalidad de Concordia entre los años 2014 y 2023. Según sostuvo la defensa del ex intendente Cresto, no hay delito ni perjuicio alguno al erario municipal, todas las compras se realizaron conforme a las ordenanzas de contratación vigentes, con controles de las áreas de Suministros y Contaduría, y que incluso los informes requeridos por la fiscalía confirmaron que la estación de servicio proveedora tenía la documentación contable correspondiente.