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Tres abogados entrerrianos presentaron un hábeas corpus contra el DNU de Milei que habilita a la SIDE a detener personas

Tres reconocidos abogados de Entre Ríos interpusieron ante la Justicia Federal de Paraná una acción de hábeas corpus preventivo, restrictivo y colectivo contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025 firmado por el presidente Javier Milei, que otorga facultades a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) para detener personas sin orden judicial.

28 enero, 2026

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4:54 pm

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Los letrados Rubén Pagliotto, Raymundo Kisser y Armando Aquino Britos sostienen que la normativa constituye una “grave amenaza” a la libertad ambulatoria de todos los ciudadanos, al permitir que un organismo de inteligencia —que no integra las fuerzas de seguridad— pueda realizar aprehensiones sin intervención inmediata de un juez competente. En su presentación, solicitaron habilitación de días y horas para el trámite urgente.

Argumentos de la acción
El escrito plantea que el decreto vulnera garantías constitucionales básicas, como el derecho a transitar libremente (arts. 8 y 14 de la Constitución Nacional) y la prohibición de detenciones arbitrarias (art. 18 CN). Los abogados invocan además tratados internacionales de derechos humanos, como la Convención Americana y la Declaración Americana, que establecen que nadie puede ser privado de su libertad sin orden judicial previa.

La acción se fundamenta en la ley 23.098 de hábeas corpus, que habilita este recurso cuando existe una amenaza actual de restricción de la libertad. Los presentantes remarcan que el carácter “secreto” de las actividades de inteligencia agrava el riesgo de detenciones ilegales y arbitrarias.

Los abogados pidieron que el juez declare la nulidad del DNU por inconstitucionalidad, al considerar que el Poder Ejecutivo no puede restringir derechos fundamentales mediante un decreto. Señalan que la norma contradice la jurisprudencia de la Corte Suprema en casos como Halabi y Verbitsky, donde se reconoció la legitimidad de acciones colectivas para proteger derechos de incidencia común.

En su escrito, advierten que la medida “no es hipotética ni conjetural, sino concreta y real”, ya que basta la sola invocación de las facultades otorgadas a la SIDE para que cualquier ciudadano pueda ser privado de su libertad sin causa ni control judicial.

Trayectoria de los firmantes

Rubén Pagliotto: especialista en derecho penal y criminología, ex fiscal de Investigaciones Administrativas de Entre Ríos y querellante en juicios de lesa humanidad.

Raymundo Kisser: ex senador provincial por la UCR, con larga trayectoria en la política y en la defensa de derechos sociales.

Armando Aquino Britos: constitucionalista, docente universitario y ex fiscal de Estado de Corrientes, fundador de la Asociación Euroamericana de Derechos Fundamentales.

Comentarios

3 comentarios

  • ¡¡¡¡Muy bien!!! Cientos y miles de abogados (que hay muchísimos) deberían sumarse a este pedido, antes de que lleguemos a ser Minnesota (EEUU)

  • ES EXACTAMENTE LO QUE VOTE!!!!
    Es como un gato siamés….su cola arde en el risco….
    MILEI PRESIDENTE!!!
    MILEI PRESO!!!!!

  • ¿Para quien es la información deceada?

    Bueno, esto se parece mucho como a ….caminar entre servicios a tu lado, sin que te des cuenta!. Nuestras policías en democracia, lo pueden hacer con expreso orden bajo supervisión judicial, pero esto no ofrece ninguna garantía que (te «chupen») interroguen… ¿vaya saber cuánto más? Otra cosa no menos importante ¿Para quien o quienes se recaudará la información buscada? Los supuestos escenarios serian de orden EXTERNOS ó internos??? Que rol jugarian juezes ó la fiscalía ante eventos que habilita a la nueva SIDE?

Responder a ¿Para quien es la información deceada?

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