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La Cámara de Casación Penal habilitó la impugnación extraordinaria de Urribarri y Aguilera

Este lunes, la Cámara de Casación Penal concedió el recurso de impugnación extraordinaria solicitado por los abogados defensores del exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado Juan Pablo Aguilera, ambos encarcelados tras ser condenados en el denominado Megajuicio. Ahora, la resolución queda en manos de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos.

25 noviembre, 2024

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7:45 pm

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Las juezas Marcela Davite y Evangelina Bruzzo, integrantes de la Cámara, aceptaron las solicitudes presentadas por los defensores de Aguilera, Miguel Ángel Cullen y Marcos Rodríguez Allende, y de Urribarri, Fernando Burlando, Leopoldo Cappa y Javier Baños.

Según las juezas Davite y Bruzzo, la impugnación extraordinaria es válida porque garantiza el respeto de las garantías constitucionales: “Encontramos configurado el supuesto habilitante del remedio intentado (…) la impugnación extraordinaria fue prevista por el legislador provincial para salvaguardar el adecuado respeto de las garantías constitucionales de los justiciables”, fundamentaron las vocales.

Urribarri, Aguilera y el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, fueron enviados a prisión preventiva la semana pasada en la Unidad Penal 1 de Paraná. La medida fue solicitada por la Fiscalía, argumentando riesgo de fuga, dado que los tres enfrentan condenas en dos instancias judiciales —el Tribunal de Juicio y Casación— por los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública.

En ese contexto, la Cámara de Casación resolvió que los condenados deben permanecer en prisión mientras la Corte Suprema de Justicia revisa las condenas, con la posibilidad de confirmarlas o revocarlas.

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Comentarios

3 comentarios

  • Manuel Osvaldo

    La verdad no tengo ni idea del tema …..

  • No hay pruebas no hay delito…
    Solo hay impacto para el público wvno entiende nada

  • Sergio Gabriel VILCHES

    No entiendo la aplicación de justicia de los jueces, parece que el hecho delictivo no fuera lo esencial y que podría quedar impune por las formalidades del proceso.
    O quizás haya algo que yo no alcance a ver

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