La Sala N° 1 en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) resolvió, por mayoría, denegar la concesión de los recursos extraordinarios federales presentados por las defensas del exgobernador Sergio Daniel Urribarri, Carlos Marcelo Haidar y Diego Armando Cardona Herreros. La decisión impide, por esta vía y en esta instancia, que los planteos sean elevados a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La resolución dividió las posiciones de los integrantes de la Sala. Los vocales Miguel Ángel Giorgio y Susana Medina votaron por rechazar los recursos, mientras que Daniel Carubia consideró que correspondía concederlos para que fueran tratados por el máximo tribunal nacional.
En su voto, Giorgio recordó que el recurso extraordinario federal constituye una vía excepcional y de aplicación restringida, prevista para los casos en los que existe una cuestión federal en los términos del artículo 14 de la Ley N° 48.
A criterio del magistrado, los planteos de las defensas no encuadraban en los supuestos que habilitan esa instancia y los agravios expuestos no demostraban de manera suficiente la existencia de arbitrariedad en la resolución cuestionada. También sostuvo que los abogados reiteraban argumentos que ya habían sido examinados en las instancias ordinarias y por la propia Sala Penal.
Sobre esa base, concluyó que los recursos resultaban inadmisibles. La vocal Susana Medina adhirió a sus fundamentos, conformando así la mayoría.
La disidencia de Carubia
El vocal Daniel Carubia adoptó una posición diferente. Consideró que los recursos cumplían con los requisitos formales de admisibilidad establecidos en los artículos 14 y 15 de la Ley N° 48 y que los planteos de las defensas involucraban cuestiones federales vinculadas con garantías constitucionales y convencionales.
Según su análisis, los escritos contenían una crítica concreta y razonada de los fundamentos de la decisión recurrida. Además, entendió que los agravios expuestos podían configurar una cuestión federal suficiente para habilitar la intervención de la Corte Suprema.
Por ese motivo, Carubia sostuvo que correspondía conceder los recursos extraordinarios para que el máximo tribunal nacional analizara los planteos.
Las pruebas cuestionadas por las defensas
Entre los argumentos presentados por los abogados se encontraban cuestionamientos a la incorporación y legalidad de determinada evidencia digital obtenida de un dispositivo MacBook. También objetaron aspectos de las pericias informáticas, la cadena de custodia y la validez de elementos probatorios cuya exclusión pretendían antes de la realización del juicio oral.
Las defensas invocaron, además, presuntas afectaciones a garantías constitucionales, al debido proceso y al derecho de defensa.
Los recursos federales habían sido interpuestos contra la decisión previa de la Sala Penal del STJER, que había rechazado las quejas de las defensas contra una resolución de la Cámara de Casación Penal.
Con la denegación resuelta por mayoría, las presentaciones no serán elevadas a la Corte Suprema por esta vía, sin perjuicio de las alternativas procesales que pudieran corresponder.

