Cargando clima...

DOS ORILLAS
Director: Claudio Gastaldi
sábado 21 de junio de 2025

Publicidad

Cotizaciones
Cargando cotizaciones...

Última hora:

Luis Caputo anunció que a partir del lunes se levanta el cepo

viernes 20 de junio de 2025

viernes 20 de junio de 2025

Jurado de Enjuiciamiento destituyó a la jueza Josefina Etienot por violencia laboral
El Jurado de Enjuiciamiento resolvió por mayoría la destitución de la jueza titular del Juzgado de Familia y Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de Diamante, Josefina Etienot. La decisión se basó en la causal de violencia laboral, encuadrada en los incisos 6 y 9 del artículo 15 de la Ley N° 9283, texto conforme Ley N° 9513.

Compartir:

El acuerdo del Jurado presidido por la senadora provincial Gladys Domínguez, e integrado por los vocales del Superior Tribunal de Justicia, Leonardo Portela, Miguel Ángel Giorgio y Gisela Schumacher; el diputado provincial Marcelo López; y los abogados Gonzalo García Garro y María Victoria Giménez, estableció que Etienot incurrió en diversos incumplimientos de sus deberes, según las tres imputaciones realizadas en la denuncia y acusación.

La vocal del STJ, Gisela Schumacher, autora del primer voto, sostuvo que los hechos probados evidencian un “ambiente violento” generado por la magistrada, lo cual configura la causal de mal desempeño.

Durante el juicio se acreditaron al menos 18 hechos de violencia sistemática contra siete víctimas. El Jurado evaluó además el impacto emocional de esas situaciones, el perjuicio en el servicio de justicia, y la utilización de recursos públicos para ejercer dichas conductas, lo que agravó la situación.

Una de las imputaciones refería a una sentencia emitida por la jueza, considerada errónea, pero que el Jurado entendió no encuadrar como causal de destitución por tratarse de una decisión judicial no revisable por ese órgano. En esta cuestión, la jurado María Victoria Giménez manifestó su disidencia, considerando que sí debía ser causal de remoción.

La resolución fue adoptada por mayoría, con la única disidencia del vocal Miguel Ángel Giorgio, quien votó por la absolución al considerar que la falta de acusación por parte del Procurador General constituía un impedimento legal para dictar sentencia destitutoria. Fundó su posición en un criterio sostenido en un caso anterior.

Finalmente, el Jurado expresó que “la jueza no se comportó según su dignidad, ejecutando actos que demuestran una incapacidad para sostenerse en el cargo”, y que por lo tanto “no merece continuar en el mismo por haber perdido la aptitud para ostentar el poder confiado.

https://www.jusentrerios.gov.ar/wp-content/uploads/2025/06/ETIENOT-Sentencia-definitiva-Art.-42.pdf

Deja el primer comentario

Escribe aquí abajo lo que desees buscar
luego presiona el botón "buscar"
O bien prueba
Buscar en el archivo