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Aguas turbias en Los Sauces: Brote Nativo solicita claridad sobre la habilitación de la playa
La organización socioambiental Brote Nativo ingresó el jueves 29 de enero pasado a la municipalidad un pedido de acceso a la información pĆŗblica donde inquiere, con la mayor precisión posible, los justificativos de la decisión polĆtica de habilitar la Playa Los Sauces tras haberla clausurado por cuestiones ambientales. Brote Nativo advierte que los niveles de contaminación siguen excediendo, incluso duplican o triplican, los lĆmites permitidos para uso recreativo. En el acta demandaron la nómina de funcionarios responsables que determinaron la habilitación municipal de la Los Sauces comunicada el dĆa 21 de enero, segĆŗn información enviada a DIARIOJUNIO.

Los ambientalistas mencionaron que, durante varias semanas, se han comunicado con esa organización periodistas, vecinos y vecinas de Concordia consultĆ”ndolos acerca de si sabĆan porque se habilitó la Los Sauces seis dĆas despuĆ©s de haberse suspendido para uso recreativo.
Ante ello, acudieron a los informes pĆŗblicos que muestran el monitoreo de playas y legislaciones que mencionan los comunicados oficiales que difundieron la suspensión y posterior habilitación de la playa. āAl analizar los parĆ”metros que pide la resolución provincial SMA 84/07, interpretamos que la contaminación de la playa Los Sauces excedĆa el lĆmite permitido para habilitar, tanto al momento de la suspensión como en los seis dĆas posteriores donde se vuelve a habilitarā, remarcaron.
SegĆŗn la resolución provincial SMA 84/07, mencionada como parĆ”metro admitido de los lĆmites de escherichia coli, menciona en su artĆculo 8 que la media geomĆ©trica de cinco muestras distribuidas en 30 dĆas, debe ser inferior a 300 UFC/100 ml para ser admitida y no incluye enterococos. Mientras tanto, la CARU en el āDigesto sobre el uso y aprovechamiento del rĆo Uruguayā delimita que la media geomĆ©trica de cinco muestras distribuidas en 30 dĆas para escherichia coli, debe tener como mĆ”ximo 200 UFC/100 ml para ser admitida, mientras que para enterococos se admite un mĆ”ximo de 35 UFC/100 ml en la media geomĆ©trica de cinco muestras distribuidas en 30 dĆas
En el pedido de acceso a la información pública se señala que, durante el mes de enero de 2026, las medias geométricas publicadas en el Informe de Vigilancia de Playas de CARU (realizadas el 5, 12 y 19 de enero) muestran que los niveles de contaminación en la playa Los Sauces se mantuvieron peligrosamente altos, tanto para Escherichia coli como para Enterococos. Para Escherichia coli, los valores fueron:
- 5 de enero: 723 UFC/100 ml
- 12 de enero: 598 UFC/100 ml
- 19 de enero: 404 UFC/100 ml
Estos valores no solo superan los lĆmites establecidos por la Resolución Provincial SMA 84/07, sino que en muchos casos duplican o triplican los umbrales permitidos segĆŗn los parĆ”metros regulatorios.
Lo mismo ocurre con los niveles de Enterococos, que fueron:
- 5 de enero: 395 UFC/100 ml
- 12 de enero: 448 UFC/100 ml
- 19 de enero: 178 UFC/100 ml

Por otra parte, el cuadro del informe de la CARU muestra los resultados de los monitoreos realizados en la Playa Los Sauces de Concordia entre diciembre de 2025 y enero de 2026, con un enfoque en los niveles de contaminación por Escherichia coli y Enterococos. Los valores de Escherichia coli fueron notablemente altos, alcanzando los 770 UFC/100 mL el 29 de diciembre de 2025, y aunque disminuyeron en las mediciones posteriores, continuaron excediendo los lĆmites permitidos para uso recreativo, con una media geomĆ©trica de 312 UFC/100 mL. Por otro lado, los niveles de Enterococos tambiĆ©n fluctuaron, registrando hasta 260 UFC/100 mL el 12 de enero de 2026, con una media geomĆ©trica de 99 UFC/100 mL. AdemĆ”s, la columna de floraciones algales no reportó información en las mediciones.
A pesar de que los niveles de contaminación superaron ampliamente los parĆ”metros establecidos para la habilitación de playas, la decisión polĆtica de habilitar la playa sigue sin explicaciones claras.
āAl principio, por la inhabilitación del dĆa 15 de enero de 2026, entendimos que se debĆa a ese lĆmite de contaminación excedido que notamos. Pero, al comunicarse la posterior habilitación de la playa Los Sauces para uso recreativo, el 21 de enero, observaron que los valores seguĆan superando el permitido, que entendĆamos era sobre el que se regĆa la SubsecretarĆa de Ambienteā.
La resolución provincial SMA 84/07 expresa en su artĆculo 16 que los municipios pueden establecer estĆ”ndares de clasificación propios, siempre y cuando sean mĆ”s estrictos que los establecidos por dicha resolución.
En el pedido de acceso a la información pública, reclamaron:
-El estado del balneario de la playa Los Sauces, según fija el art. 12 de la resolución provincial SMA 84/07, con resultado de balneario apto en el Informe del perfil de las aguas de baño/informe de aptitud del balneario.
– Acta, decreto o acción de gobierno escrita, con nómina de funcionarios responsables, que determinó la suspensión/inhabilitación municipal de la Playa Los Sauces comunicada el dĆa 15 de enero de 2026 mediante el link de la pĆ”gina oficial de la Municipalidad
– Fundamentos, con datos precisos y reglamentación en la que se encuadra, que justifican la suspensión/inhabilitación de la fecha anteriormente mencionada (15 de enero de 2026).
– Acta, decreto o acción de gobierno escrita, con nómina de funcionarios responsables, que determinó la habilitación municipal de la Playa Los Sauces comunicada el dĆa 21 de enero de 2026 mediante el link de la pĆ”gina oficial de la Municipalidad
– Fundamentos, con datos precisos y reglamentación en la que se encuadra para tomar la decisión, que justifican la habilitación de la fecha anteriormente mencionada
Por ello, sostuvieron que quieren estar bien informados acerca de los procedimientos y las regulaciones en las que se enmarcan para la toma de decisiones tan importantes para la salud pĆŗblica y el derecho al goce de las playas para su uso recreativo. Ā āComo siempre hemos manifestado, creemos que la habilitación o no de las playas a partir de los muestreos es una acción polĆtica necesaria ante una urgencia, pero que no resulta preventiva ni remediadora de la progresiva contaminación que sufre nuestro rĆo Uruguay y los arroyosā, dejaron en claro.
Desde Brote Nativo sostuvieron que, sin realizar polĆticas pĆŗblicas de remediación y prevención primaria que permitan mejorar la salud del rĆo no se ataca la contaminación sino que aumenta y esto configura, intencionalmente o no, una progresiva polĆtica de expulsión del rĆo y arroyos por parte de las autoridades gubernamentales hacia la población.
āSostenemos que los rĆos y arroyos son generadores de comunidad, de la identidad de nuestra ciudad que se alimenta de ellos, disfruta de las playas, hace deporte acuĆ”ticos, hace a nuestra cultura, por ende deben ser pĆŗblicos y tener una protección especialā, sostuvieron.
Por Ćŗltimo, agradecieron a quienes los contactaron para consultar y se comprometieron a publicar la respuesta cuando la obtenga. āSeguiremos luchando por la habilitación de playas seguras, sanas, que nos recreen sin poner en riesgo la salud de nuestra población ribereƱa, como asĆ tambiĆ©n fortalezcan esa gran identidad que tenemos con nuestro rĆo Uruguay y los arroyosā.

