El contador Edgardo José Marsó publicó en la pagina web del CPCEER un análisis sobre el régimen de retenciones y percepciones de Ingresos Brutos vigente en Entre Ríos, con especial referencia a la Resolución ATER N.º 208/2024 y sus modificaciones posteriores.
El trabajo advierte que el sistema dejó de ser una simple herramienta de recaudación anticipada y pasó a trasladar al sector privado una parte relevante de la función recaudatoria del Estado. Los agentes deben consultar padrones, aplicar alícuotas, retener o percibir fondos, presentar declaraciones juradas, ingresar importes en plazos estrictos y responder por errores u omisiones, sin recibir compensación por esa tarea.
Entre los puntos más sensibles, el documento cuestiona el uso del “riesgo fiscal” para agravar alícuotas, la publicación de padrones que pueden afectar la reputación comercial de los contribuyentes, la obligación de ingresar percepciones antes de haberlas cobrado y la generación de saldos a favor permanentes.
También se analiza la reforma introducida por la Resolución ATER N.º 391/2025, que permite aplicar percepciones cuando no puede establecerse con claridad el destino final de los bienes o la utilización económica del servicio. Para el autor, la falta de información no debería convertirse automáticamente en una presunción favorable al Fisco provincial.
La publicación propone rediseñar el régimen: eliminar el riesgo fiscal como criterio para aumentar retenciones y percepciones, remunerar a los agentes por la tarea recaudatoria, notificar personalmente su designación, revisar los plazos de ingreso, evitar saldos a favor estructurales, reformular la cláusula territorial y dar tratamiento diferenciado a los artículos de primera necesidad.
El planteo de fondo es constitucional: una administración tributaria moderna debe recaudar con eficacia, pero dentro de límites razonables. La formalidad, sostiene el autor, debe resultar más conveniente que la marginalidad.
El documento completo puede consultarse en el sitio web del CPCEER:


