La presidenta del Senado, Alicia Aluani, convocó a sesión especial este martes en el marco del artículo 17° del Reglamento. El temario incluye dos expedientes: el N° 29.311, que reglamenta el efecto derogatorio previsto en el artículo 60° de la Constitución provincial, y el N° 26.785, sobre Transparencia y Ética de la Función Pública. Ambos podrán ser tratados con o sin dictamen de las comisiones correspondientes.
Qué establece el proyecto sobre el artículo 60
El Expediente N° 29.311 propone reglamentar el último párrafo del artículo 60 de la Constitución de Entre Ríos, que contempla que una norma general provincial puede quedar derogada en la parte afectada por un vicio constitucional cuando su inconstitucionalidad es declarada tres veces mediante sentencia firme del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
En este marco, la iniciativa del Ejecutivo busca definir el procedimiento para hacer efectivo ese mecanismo. Ingresó a la Legislatura en junio y posteriormente obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados. En el Senado fue girada a la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos.
Uno de los puntos centrales del proyecto es que, para computar las tres declaraciones de inconstitucionalidad, se consideran únicamente las sentencias firmes dictadas por el STJ en pleno y en acciones de inconstitucionalidad. El texto dispone además que no se tendrán en cuenta las declaraciones dictadas de oficio ni las producidas en otros procesos judiciales.
También contempla la creación de un Registro de Sentencias Firmes de Inconstitucionalidad, de carácter público, y un procedimiento para que, una vez reunidas las tres sentencias, el STJ emita una resolución declarativa del efecto derogatorio.
A su vez, dispone que la derogación no tendrá carácter retroactivo ni afectará situaciones jurídicas consolidadas, actos firmes, derechos adquiridos o relaciones jurídicas agotadas bajo la vigencia de la norma.
Durante su tratamiento en Diputados, la oposición sostuvo que la reglamentación restringe el alcance de la cláusula constitucional al excluir, entre otros casos, las declaraciones de inconstitucionalidad dictadas de oficio o en procesos distintos de las acciones de inconstitucionalidad.
Transparencia y Ética Pública
El Expediente N° 26.785 corresponde al Régimen Legal de Transparencia y Ética de la Función Pública, también enviado por el Poder Ejecutivo.
El texto fija normas de conducta para quienes ejercen funciones públicas y aborda cuestiones vinculadas con la transparencia, las declaraciones juradas, los conflictos de intereses, las incompatibilidades y los obsequios. Durante el debate en Diputados también se destacó la publicidad de las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios.
El alcance comprende a personas que desempeñan funciones en los distintos poderes del Estado provincial y contempla diferentes categorías de autoridades y funcionarios. En términos generales, la iniciativa apunta a fijar un marco legal para la ética y la transparencia en el ejercicio de la función pública.
La iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados en agosto de 2024 y volvió al Senado en revisión. En 2026, las comisiones de Asuntos Constitucionales y Acuerdos y de Legislación General retomaron su tratamiento y convocaron al secretario de Justicia de la provincia, Julián Maneiro, para analizar su contenido.
Ambas iniciativas, que ya cuentan con media sanción de Diputados, serán abordadas este martes en la sesión especial convocada por Aluani, donde el Senado deberá definir si las convierte en ley o introduce modificaciones.


