De acuerdo con los antecedentes incorporados al expediente interno, el trabajador fue detenido el 24 de junio en ocasión de robo con arma de fuego. La casusa fue iniciada ese mismo día y tramitada ante la Fiscalía a cargo de la Dra. Daniela Montangie. El decreto municipal aclara que la información fue puesta en conocimiento del Municipio mediante un informe elaborado el 20 de julio por el Subsecretario Legal y Técnico, al que se incorporó una impresión de la carátula del expediente judicial.
A partir de esos antecedentes, se consideró que, “prima facie”, la conducta atribuida al trabajador resultaría incompatible con las obligaciones establecidas para el personal municipal. Entre ellas, la Ordenanza de Escalafón Municipal N° 11.275/49 establece el deber de prestar el servicio de manera adecuada y eficaz, cumplir las órdenes de los superiores dentro de las normas vigentes y “observar buena conducta”.
En ese marco, el Decreto N° 805 dispone la instrucción de un sumario administrativo para determinar las eventuales responsabilidades del agente y garantizar su derecho de defensa.
Además, el Ejecutivo resolvió suspender provisionalmente al trabajador durante 45 días hábiles y sin percepción de haberes, mientras se sustancia la causa administrativa. La medida se fundamenta en el artículo 46 de la Ordenanza de Escalafón, que contempla la suspensión provisoria cuando se investigan hechos considerados graves.
El decreto, sin embargo, no establece ninguna responsabilidad penal sobre el agente: se limita a consignar que fue detenido en el marco de una investigación judicial por un presunto robo con arma de fuego y dispone, a partir de esa situación, una investigación administrativa interna. La causa penal y el sumario municipal deberán determinar, cada uno en su ámbito, las responsabilidades que pudieran corresponder.


