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Concepción del Uruguay: la Justicia Federal puso freno al aumento de una prepaga con amplio alcance
La Justicia Federal de Entre RĆos le ordenó a la prestadora de medicina prepaga OSDE dejar sin efecto los aumentos de la cuota a sus afiliados aplicados desde enero al amparo del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23. Se trata, segĆŗn los especialistas, de la primera medida cautelar contra los aumentos de las prepagas con efecto colectivo, es decir que extiende el alcance de la resolución a cualquier afiliado a esa misma empresa prestadora afectado por los aumentos.

La magistrada MarĆa Isabel Cacciopoli, a cargo del Juzgado Federal nĆŗmero 2 de Concepción del Uruguay, dictó la medida cautelar rechazando los aumentos de la cuota de OSDE que recibió una persona jubilada de 69 aƱos de edad que se encuentra afiliada hace 30 aƱos a la prepaga. El incremento del 89 por ciento acumulado sobre el valor de la cuota de diciembre de 2023 tornaba imposible para la persona afiliada poder mantener la cobertura mĆ©dica, afectando por lo tanto su derecho a la salud. Por lo cual, la jueza ordenó a la prestadora dejar sin efecto los aumentos.
Pero, ademĆ”s, dispuso Ā«extender los efectosĀ» de su resolución, Ā«con carĆ”cter colectivo, a todas las causas de futuros adherentes que se encuentren en las mismas circunstancias, con aumentos de cuotas similares por parte de la demandadaĀ», OSDE. Previo al dictado de la cautelar, la jueza habĆa admitido que la tramitación del expediente fuera en caĆ”cter de amparo colectivo y ordenó, en consecuencia, su inscripción en el Registro PĆŗblico de Procesos Colectivos y la comunicación posterior de su resolución a dicho registro.
Hasta el presente, se habĆan dado a conocer diversos fallos, en calidad de amparos, rechazando aumentos de la cuota de empresas de medicina prepaga pero con efecto individual sobre la persona demandante. En su mayorĆa, se trataba de jubilados o, en algĆŗn caso, de una familia con una criatura con discapacidad que debĆa recibir un tratamiento permanente. En todos ellos, se consideró que el derecho a la salud quedaba amenazado y los fallos ordenaron dar marcha atrĆ”s con los aumentos, pero siempre en favor Ćŗnicamente del demandante.
Pero no en todos los casos hubo pronunciamientos de la Justicia. En muchos casos, los magistrados optaron por negarse a recibir la demanda, a la espera de que la cuestión fuera definida a través de un amparo colectivo. En tal sentido, el fallo de la jueza Cacciopoli, de Concepción del Uruguay, es un avance en el sentido que le otorga carÔcter colectivo a su resolución, aunque referida únicamente a la empresa prestadora de medicina prepaga demandada. En ese caso, OSDE.
Mientras tanto, en las oficinas de las asociaciones y entidades defensoras de usuarios y consumidores, se acumulan de a decenas por dĆa la cantidad de pedidos de presentación de demandas. En las mesas de atención al pĆŗblico de varias empresas prestadoras, a su vez, tambiĆ©n se da el caso de masivos pedidos de baja de la afiliación por la imposibilidad de seguir pagando la cuota. En una de las firmas mĆ”s importantes del sector, admiten que Ā«recibimos hasta 50 pedidos de baja por dĆa, y hasta ahora el Ćŗnico esfuerzo que realizó la empresa es reforzar la guardia de seguridad porque estĆ”n previendo hechos de violencia por parte de la gente que estĆ” perdiendo la cobertura de salud para su familiaĀ».
Otras, en prevención a esa misma situación, estĆ”n recibiendo a los afiliados en situación de no poder mantener el pago y les ofrecen algĆŗn descuento que no elimina los aumentos, pero atenĆŗa su impacto. Ā«EstĆ” pasando como en los servicios de telefonĆa e internet, existen tantas tarifas como gente dispuesta a reclamarĀ», comentó un dirigente de primera lĆnea de las entidades de defensa de consumidores.
El DNU 70 de diciembre de 2023 modificó el marco regulatorio en las prestaciones de salud de la medicina prepaga (Ley 26.682) y provocó un desorden que amenaza con dejar sin el servicio a millones de personas. No soló liberó los precios, sino que sustituyó el texto de artĆculos que impedĆan la discriminación en contra de las personas de mayor edad (aumento de la cuota al pasar de los 60 aƱos), incluso tratĆ”ndose de afiliados con una antigüedad importante.
TambiĆ©n derogó las funciones de la autoridad de aplicación de fiscalizar el cumplimiento de las prestaciones del plan mĆ©dico obligatorio, y habilitó el cobro sin topes de excedentes (copagos) en todo tipo de servicios. Para el presidente de la Unión Argentina de Entidades de Salud (UAS), y titular de Swiss Medical, Claudio Belocopitt, es natural que, con los aumentos Ā«hay gente que se va a caer del sistemaĀ», criterio compartido por el presidente de la Nación, Javier Milei. El poder judicial, o una parte de Ć©l, parece dispuesto a ponerle algĆŗn lĆmite a ese sentido de maximizar rentabilidad aplicado a la salud.
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