La aplicación del depósito de garantía para determinados nuevos suministros de la Cooperativa Eléctrica de Concordia volvió a poner en discusión las condiciones de acceso al servicio y, detrás de ellas, el modelo energético vigente en la provincia.
Roberto Maydana, vecino del barrio San Miguel II y desde hace años protagonista de reclamos por una tarifa eléctrica justa, cuestionó la medida y puso el foco en sus posibles efectos sobre los usuarios que necesitan acceder a un nuevo suministro.
El depósito no fue creado ahora por la Cooperativa. Está contemplado en el Reglamento de Suministro del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) para determinadas situaciones, entre ellas algunos casos de usuarios que no son propietarios del inmueble. La normativa también establece otras circunstancias en las que puede requerirse una garantía y contempla su devolución cuando desaparecen las condiciones que dieron origen a su constitución.
El punto que plantea Maydana es otro. Para el vecino, una exigencia que formalmente funciona como garantía para la distribuidora puede convertirse, en la práctica, en una nueva dificultad económica para quien necesita acceder al servicio.
Y desde allí amplía el cuestionamiento al marco regulatorio que rige la actividad eléctrica entrerriana desde hace más de tres décadas.
La Ley N° 8.916, sancionada en 1995, estableció el Marco Regulatorio Eléctrico de Entre Ríos. La norma declaró a la distribución eléctrica como servicio público, creó el EPRE como organismo regulador y estableció las reglas para las concesiones, las tarifas, las inversiones y el funcionamiento de las distribuidoras.
El esquema promovió la participación privada mediante concesiones y estableció que las tarifas debían permitir cubrir los costos de las distribuidoras y contemplar una razonable tasa de rentabilidad cuando estas operaran eficientemente. Al mismo tiempo, fijó como objetivo que las tarifas fueran “justas y razonables” y que se procurara el mínimo costo razonable para los usuarios.
Es precisamente sobre ese modelo donde Maydana concentra su crítica. Considera que la estructura creada en los años ’90 terminó consolidando una lógica en la que los costos del sistema recaen en buena medida sobre los usuarios, mientras las dificultades financieras y técnicas de las distribuidoras permanecen sin una solución de fondo.
“Menem-Busti-Milei-Frigerio: un mismo plan económico”, sintetizó, al establecer una continuidad entre las políticas económicas de Carlos Menem y Jorge Busti y las actuales administraciones de Javier Milei y Rogelio Frigerio.
El punto central de su planteo es que, pese al paso de más de 30 años y a los cambios de gobierno, continúa vigente un esquema energético que considera perjudicial para los usuarios.
“Así no se solucionan los graves problemas financieros-técnicos que tiene la distribuidora local; los agrava”, sostuvo.
La discusión tiene un elemento que la propia Ley 8.916 obliga a considerar: la norma también establece objetivos vinculados con la protección de los usuarios, el acceso generalizado al servicio y tarifas justas y razonables. Por eso, el planteo de Maydana no pasa por afirmar que la ley establece directamente el depósito de garantía —no lo hace—, sino por cuestionar el modelo regulatorio en el que esa herramienta se encuentra incorporada.
Para el vecino, el problema es que una medida concebida para proteger a la distribuidora puede terminar afectando a quienes tienen menos capacidad económica para afrontar el costo inicial de acceder a un servicio esencial.
“Todo para ellos, ninguna para nosotros”, resumió.
Maydana reclama que se frene la aplicación de la medida y que se abra una discusión más profunda sobre el sistema energético provincial.
“Es necesario desarmar este modelo energético. Para ello se necesitan legisladores comprometidos con su pueblo”, sostuvo.

