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Concordia

27 octubre, 2026

El municipio dona al Obispado un terreno municipal de 800 m2 donde funciona el Centro Pastoral de Desarrollo Integral

La Ordenanza Nº 38.957, publicada en el Boletín Oficial este martes 27 de octubre, autoriza al Ejecutivo municipal a transferir el inmueble ubicado en la intersección de las calles Mario H. Gatto y Tala. La donación tendrá como condición preservar las instalaciones, garantizar la continuidad del centro y mantener los servicios que presta a la comunidad.

5:45 pm h
centro pastoral integral obispado gatto y tala

El municipio de Concordia autorizó la donación de un terreno de su propiedad al Obispado de Concordia, donde funciona el Centro Pastoral de Desarrollo Integral. La medida quedó formalizada mediante la Ordenanza Nº 38.957, sancionada por el Concejo Deliberante el 22 de octubre, promulgada por el Departamento Ejecutivo el 23 y publicada en el Boletín Oficial este martes 27 de octubre.

La norma desafecta del destino de Equipamiento Público una fracción de terreno de aproximadamente 810,80 metros cuadrados, ubicada en la intersección de las calles Mario H. Gatto y Tala. El inmueble forma parte de una parcela de mayor extensión, de 1.954,54 metros cuadrados, registrada bajo la Partida Municipal Nº 68763 y la Matrícula Nº 140222/12, entre otros datos catastrales.

El artículo 2º establece que la donación se realizará “con cargo”, es decir, que la institución beneficiaria deberá cumplir con obligaciones específicas: preservar el inmueble y las instalaciones del Centro Pastoral de Desarrollo Integral, además de garantizar la continuidad de su funcionamiento y de los servicios que brinda a la comunidad.

La ordenanza también dispone que la extinción del contrato de comodato celebrado en virtud de la Ordenanza Nº 37.716/2022 deberá instrumentarse al formalizarse la donación. De ese modo, se contempla el cierre del vínculo jurídico previo entre el municipio y la institución respecto del inmueble.

En cuanto a los costos de la operación, el artículo 4º determina que los gastos y erogaciones necesarios para instrumentar y formalizar la transferencia estarán exclusivamente a cargo del Obispado de Concordia.

La norma faculta, además, al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los actos administrativos necesarios para concretar la donación.

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