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Concejales del PJ de Concepción del Uruguay instan al gobierno provincial a devolver el adicional cobrado en impuestos sin sustento legal

A instancias del concejal Juan MartĆ­n Garay, el bloque Juntos por Uruguay del Partido Justicialista de Concepción del Uruguay elevó un proyecto de comunicación al Concejo Deliberante en el que se seƱala la necesidad de ā€œdevolverle a cada vecino de nuestra Ciudad, el adicional cobrado sin sustento legal desde el 31 de diciembre del 2023 a la fechaā€.

18 noviembre, 2024

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4:01 pm

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ā€œComunicar al Superior Gobierno de la Provincia de Entre RĆ­os, la necesidad que instrumente el mecanismo respectivo para devolverle a cada vecino de nuestra Ciudad, el adicional cobrado sin sustento legal desde el 31 de diciembre del 2023 a la fecha. El que oportunamente fuera autorizado su cobro por Ley Provincial N°10.754 de Presupuesto General de la Administración Provincial del Ejercicio 2020, al establecerse la vigencia de los ArtĆ­culos 1Āŗ, 2Āŗ, 3Āŗ, 6Āŗ, 8Āŗ, y 9Āŗ de la Ley NĀŗ 10.270 (Código fiscal), sólo hasta el 31 de diciembre de 2023ā€, reza el artĆ­culo 1 del texto que tomó estado parlamentario en la Ćŗltima sesión llevada a cabo.

El artĆ­culo 2 establece: ā€œDiligenciar copia de la presente a todos los Cuerpos Deliberativos de la Provincia de Entre RĆ­os para su toma de conocimientoā€.

Dentro de los considerandos del proyecto, se advierte: ā€œQue la Ley Provincial N° 10.270 de diciembre de 2013 modificó el Código Fiscal de la Provincia de Entre RĆ­os estableciendo un adicional de un 20% a un 30% sobre el impuesto inmobiliario o automotorā€.

ā€œQue por el artĆ­culo 26 de la ley 10.754 (Presupuesto 2020), del 27 de noviembre de 2019, se prorrogó el adicional hasta el 31 de diciembre de 2023, mediante la ampliación de la vigencia de los ArtĆ­culos 1°, 2°, 3°, 6°, 8° y 9° de la Ley N° 10.270. AsĆ­ las cosas, el Poder Ejecutivo provincial carece de Ley a tal efecto para cobrar el adicional que se prorrogó hasta diciembre de 2023, no habiendo normativa formal y material que le de sustento legal al cobro, estando aĆŗn vigente el mismo, siendo cobrado hasta la actualidad este fondo adicionalā€, continĆŗa el texto.

ā€œQue de aprobarse algĆŗn proyecto de Ley (que aĆŗn no ha sido presentado a la fecha), avalando este cobro, se violarĆ­a el principio de irretroactividad de la ley, el que establece que las leyes se aplican al futuro y no al pasado. Principio relacionado con la seguridad jurĆ­dica que busca proteger a las personas de posibles abusos y arbitrariedades por parte del Estado en este casoā€.

Por Ćŗltimo, detalló APF, en el proyecto elevado se manifiesta que: ā€œes sabido por todos que sin Ley que lo autorice no se puede cobrar a los ciudadanos un impuesto, razón por la cual, si el Superior Gobierno de la Provincia omitió prorrogar la vigencia oportunamente, a los fines de evitar demandas masivas, deberĆ” instrumentar el mecanismo respectivo para devolverle a cada vecino de nuestra Ciudad este adicional cobrado sin sustento legal en el Ć”mbito de la Provincia de Entre RĆ­osā€.

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