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Nota escrita por: Claudio Gastaldi
30 septiembre, 2025
Diputada (UCR) y escribana Lena ligada a un delito penal sobre menores: Celebró un acto jurídico prohibido por la ley e incumplió su deber como diputada
Por: Claudio Gastaldi
Una increíble sucesión de delitos e irregularidades ocurrieron entre los años 2022 y 2024 luego que dos niñas dominicanas de 11 y 13 años ingresaran irregularmente al país con su padre cuya intención era “darlas en guarda” (pero sin el consentimiento de la madre de ambas), a una familia de Villa del Rosario. La Fiscal Federal Josefina Minatta concluyó que “este es un típico caso de un padre que se quiere salvar económicamente y una pareja que aspiraba la ma-paternidad”. Esta pareja, cuya intención era que las niñas quedaran viviendo con ellos, recurrieron a la entonces diputada nacional Gabriela Lena, de profesión Escribana, a efectos de dar visos legales a un delito como es la apropiación indebida (como si se tratara de cosas y no de personas) de dos niñas extranjeras (una forma de evitar los engorrosos trámites de adopción). Aunque resulte extravagante, la diputada Lena, en su carácter de escribana, redactó dos escrituras (ver facsímiles) por medio de las cuales el padre de ambas, ofrecía en guarda a sus dos hijas. El dato, que nos remite al intento de apropiación de personas, absolutamente fuera de la ley, es que una diputada de la nación no solo quebrantó su deber de informar a Migraciones el ingreso ilegal al país de 3 extranjeros (un mayor y dos menores), sino que “celebro un acto jurídico prohibido por el Código Civil y Comercial por el cual se pretendió consolidar una guarda de hecho aprovechándose de la vulnerabilidad de esta familia dominicana”, tal lo que rezan los expedientes que denuncian este caso y a los que tuvo acceso DIARIOJUNIO. Por si todo esto fuera poco, el caso fue a parar justo en manos del juez José María Lena, hermano de la diputada para ser más precisos, lo que le valió la recusación, obvio. Vale señalar que esta causa fue instruida por la Fiscal Federal con asiento en Concordia, Josefina Minatta quien en diálogo con DIARIOJUNIO dijo que elevó la causa a juicio luego de imputar a la pareja en cuestión y de pedir que se investigue el papel de Lena ya que, es sabido que Argentina, “Prohíbe la adopción internacional” pues entiende que es una forma de evitar el tráfico de niños, la venta de bebe, etc.
7 min de lectura
Por: Claudio Gastaldi

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HISTORIA

Un matrimonio sin hijos y de buena posición económica de la localidad de Villa del Rosario Departamento Federación, provincia de Entre Ríos, viaja a Republica Dominicana en febrero 2020 y allí, según ellos mismos relatan, conocen a dos nenas y a su papá, quienes estaban prácticamente en situación de calle, agravado porque, según dijeron, su madre las había abandonado.

Durante ese periodo de vacaciones crearon un vínculo que se sostuvo de manera virtual hasta el año 2022 cuando se concreta el ingreso al país de las niñas con su progenitor de manera ilegal/irregular a Argentina a través de la frontera con Paraguay vía transporte acuático a Argentina y finalizaron el tramo final en vehículo hasta Villa del Rosario.

Desde ese momento, el padre dominicano y sus hijas residían en el domicilio real del matrimonio argentino. Incluso el Sr. E.H.C.R padre de las niñas realizaba changas en la localidad y hasta se trasladaba en una moto del propio matrimonio.

 

ESCRIBANA LENA EN ACCIÓN

Luego de unos meses de vivir con dicha familia, la entonces Diputada Nacional y actualmente Diputada Provincial (UCR) preside la Comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento, también dirigente referente de las políticas de niñez en la provincia, entra en juego. Lejos de hacerle saber a esa familia que lo que hacían estaba penado por la Ley, compartió con ellos en calidad de escribana el accionar ilegal.

En efecto, redacta un Poder Especial (Primer Testimonio-Escritura Numero Noventa y Cinco, D 01975033 C) favor de C.S.S. y D.A.B. (matrimonio), firmado por el padre de las niñas, el Sr. E.H.C.R

En ese instrumento público el padre de las niñas le delega al matrimonio: “para que en su nombre y representación y el en ejercicio de la *Responsabilidad Parental* que tiene sobre sus hijas menores de edad H.L.C.R y E.C.R…. para que se presenten ante autoridades las nacionales de Migraciones y Consulados y realicen todos los tramites a los fines de obtener la residencia argentina, se presenten ante las autoridades escolares, suscriban todo tipo de documentación relacionada con la actividad educativa, como suscribir boletines de calificaciones, notas y/o requerimientos sancionatorios y de comunicación, asistir a reuniones, autorizar viajes escolares. Para que se presenten ante las instituciones deportivas y/o culturales para proceder a la inscripción y autorización de prácticas deportivas y/o culturales, para que asistan a establecimientos médicos y autoricen la asistencia médica, procedimientos de diagnósticos terapéuticos y farmacológicos de las menores, incluyendo practicas quirúrgicas e internaciones.  Y para que se practiquen todos los actos, gestiones y diligencias que fueran necesarios para el mejor desempeño del presente mandato, cuyas clausulas son meramente enunciativas”.

 

LENA SABÍA QUE LA INVITACIÓN A VENIR AL PAIS FUE RECHAZADA EN MIGRACIONES

Menciona además que con la intención de que las niñas ingresen al país enviaron dos invitaciones a través de migraciones, las cuales fueron rechazadas. La primera invitación fue realizada en el año 2020 y fue rechazada por la Pandemia de Covid. Luego realizaron una segunda invitación y la misma fue rechazada por falta de solvencia económica del progenitor. Ante esta situación Carolina (quien pretendía ejercer como madre sustituta, menciona que decidieron ingresar a las niñas y a su padre por la frontera con Paraguay dado que en dicho país las personas oriundas Rep. Dominicana no necesitarían demostrar solvencia económica para ingresar. Una vez en el país vecino realizaron el ingreso por transporte acuático. La sospecha judicial fue que ocurrió de modo ilegal.

 

MUCHA PLATA…TESTIMONIO DE CAROLINA LA MUJER QUE LAS TRAJO

Quienes tomaron intervención en el tema fueron las autoridades del COPNAF. En el expediente se cuenta que en la conversación con Carolina (integrante de la pareja que organizó el traslado de las niñas desde República Dominicana a la Argentina), y al ser consultada cómo y por donde ingresaron a la Argentina desde el Paraguay expresa desconocer las formas de ingreso aunque reconoce que había aportado mucho dinero durante el tiempo desde que conoce a las niñas (no da detalles del cómo ni a quién entregaba ese dinero). Al insistirle sobre el lugar por el cual ingresan al país menciona que fue embarcados y que ese día llovía, por lo que no había controles. Se niega a dar información respecto de si en dicho ingreso hubo otras personas involucradas.

 

 

 

¿EL DESEO DE TENER HIJOS ES ARGUMENTO PARA INFRINGIR LA LEY?

Es absolutamente atendible la necesidad de ser madre así como la ansiedad y los trastornos que genera la imposibilidad física de serlo. De hecho, los testimonios recogidos por DIARIOJUNIO en la comunidad que alberga a esta pareja que hizo de todo para, por fin tener hijos (mediante adopción trucha), son reveladores de que era eso y no otra cosa la que buscaban.

Lo que decimos aquí es que no existe ningún dato que haga sospechar ni a la fiscal Minatta ni a nosotros, que había en esa pareja otros fines (trata, prostitución o delitos de esta índole) que no sea el de ser padres.

Ahora bien, toda esa entendible situación de ningún modo puede justificar la “compra» de personas. Ella misma(“reconoce que había aportado mucho dinero”) y, por si faltara la fiscal que instruyó el caso cree que “el padre de las criaturas se quiso salvar económicamente”. Este convencimiento juega a favor de la pareja que pretendió actuar por fuera de la ley.

 

LO QUE DICE LA LEY Y COMPLICA A LA DIPUTADA LENA

Conforme al Código Civil y Comercial (Articulo 611 CCYC. – Guarda de hecho. Prohibición. Queda prohibida expresamente la entrega directa en guarda de niños, niñas y adolescentes mediante escritura pública o acto administrativo, así como la entrega directa en guarda otorgada por cualquiera de los progenitores u otros familiares del niño.

Voluntariamente no se puede delegar la responsabilidad parental, siempre se requiere la intervención de los organismos competentes (COPNAF y JUSTICIA) porque los niños, niñas y adolescentes no son cosas disponibles en el mercado, son personas. Justamente para esta excepción hay normativa nacional y provincial que se ha omitido en este caso concreto.

Verdaderamente extraño e increíble que una diputada de la nación y para colmo referente de las políticas de niñez en la provincia, no sepa algo tan elemental como esto y por tanto no haya hecho algo para impedir que la familia de Villa del Rosario cometa delito.

Por su parte luego de la intervención del municipio de Villa del Rosario y del COPNAF Chajarí respectivamente, este tema se dilucidó de acuerdo a la Ley ya que, el COPNAF fue informado por el municipio y sugirió la inmediata intervención de organismos nacionales e internacionales habida cuenta de la irregularidad del ingreso y la estadía de las niñas en nuestro país.

De hecho, María Gabriela AURI, denunció: “en mi carácter de Coordinadora del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia – Departamento Federación; Fernanda Vanesa Alvarez, abogada y Walter Oscar Perez, Op.Psicologia Social, a S.S. respetuosamente decimos:

Que, conforme Art. 14º inc. 1° CPCC venimos a solicitar la Recusación de S.S dado el parentesco por consanguinidad con la Escribana Gabriela Mabel Lena, quien intervino en la celebración de las Escrituras Públicas, N°95 y 96 (documental agregada en los presentes autos).

Es que, como dijimos, la causa recayó ‘justito’ en el juzgado a cargo del Juez José María Lena quien casualmente es hermano de la diputada.

Finalmente el caso pasó al juzgado federal, cayó en manos de la fiscal Minatta con asiento en Concordia y esta elevó la causa a juicio. Hoy está en manos del Tribunal Oral de Paraná que entre otros jueces está integrado por la Dra. Noemí Berros.

 

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5 comentarios

  • De legislación no tengo mucho conocimiento, lo que sí sé del cuidado, cariño y dedicación que esa familia había puesto en la crianza de esas dos niñas, quienes disfrutaban muchísimo en ese hogar… que después se las sacaron sin que ellas supieran poniéndolas en un hogar de Feliciano… Hoy están tristemente en R. Dominicana sin concurrir siquiera a la escuela…

  • Cómo operador del derecho digo que lo que hizo la Escribana es inexplicable, desde cualquier punto de vista. No solo tiene que dejar de ser diputada, Escriba, sino q y sino a también ir presa. Del Colegio de escribano no esperemos nada de nada, son especialistas en tapar cagadas de sus miembros.

  • Bueno es como una medalla de oro para Frigerio y Miley. La van a premiar.
    ¡Uno trata de entender el caso Loan con políticos y jueces corruptos!
    ¡Justo cae en el Juez hermano de la diputada!
    Será que le dio tiempo para tapar la cagada.
    El conaf, olvídate que pueda hacer algo.
    Pobre fiscal y juzgado federal, las presiones que van a recibir de esta banda de manga de corruptos.

  • Con la Lena se pueden hacer un festín, su sobrino chocó alcoholizado muchas veces en Chajarí y siempre zafa…

  • Yo sabía que iba a mostrar el traste la diputada Lena. Siempre hablando de la corrupción del otro, pero los verdaderos corruptos son los radicales y liberales, solo hay que buscar sus antecedentes.

    10

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