La ordenanza delimita distintos sectores dentro del predio ubicado entre las calles Echagüe, Coldaroli, las proyecciones de Dr. G. Estévez Boero y M. Magariños, y la costa del río Uruguay, con el objetivo de ordenar los usos del espacio público y habilitar futuras inversiones.
Uno de los principales cambios es la creación de una Zona Gastronómica para vehículos expendedores de alimentos (Food Trucks), que funcionará en un sector municipal ubicado en las inmediaciones de la avenida Santiago Coldaroli y el borde del río Uruguay. El proyecto prevé que el lugar cuente con infraestructura básica, como provisión de energía eléctrica, agua potable, manejo de residuos y demás servicios necesarios para el funcionamiento de la actividad.
Además, se establece una Zona de Equipamiento Comercial Gastronómico en un predio municipal cercano al boulevard San Lorenzo. Allí podrán instalarse estructuras modulares livianas de carácter permanente destinadas a locales gastronómicos, con espacios de expansión hacia el exterior y un diseño que priorice la integración con el paisaje ribereño.
La ordenanza también crea una Zona de Estar y Juegos en las inmediaciones de calle Néstor Garat. El sector estará destinado a actividades recreativas y de esparcimiento, con juegos infantiles, bancos, mesas, espacios de sombra y una parquización basada en especies autóctonas para preservar las características ambientales de la ribera.
Además se consolidan otros usos ya existentes dentro de la Costanera Nébel, como estacionamientos, miradores y accesos a la playa.
Gastronomía con controles y sin locales bailables
La norma establece que las actividades gastronómicas, incluso aquellas que incluyan espectáculos acústicos en vivo, serán consideradas «usos condicionados» según el Código de Ordenamiento Urbano y Territorial. Esto significa que cada emprendimiento deberá ser evaluado por las áreas técnicas municipales antes de obtener la aprobación definitiva.
En cambio, la ordenanza prohíbe expresamente la instalación de boliches bailables, discotecas, salones de fiestas o actividades similares en toda la Costanera Nébel, argumentando la cercanía de sectores residenciales.
También queda prohibida la difusión de música mediante vehículos equipados con sistemas de sonido de alta potencia, conocidos popularmente como equipos de «caraudio» o similares.
El nombre de Julio Argentino Roca
Otro de los puntos de la ordenanza oficializa la denominación «Presidente Julio Argentino Roca» para la calle principal de la Costanera Eduardo Nébel, la que corre paralela al río Uruguay entre las avenidas Andrés Chabrillón y Santiago Coldaroli.
El nuevo nombre de la artería mencionada sigue generando polémicas y repudios. Días atrás, vecinos, organizaciones sociales y referentes de derechos humanos cuestionaron el homenaje al ex presidente por su responsabilidad en la denominada Conquista del Desierto. También se realizaron intervenciones simbólicas y una jornada de lectura pública bajo la consigna «Leer por la Nébel», en rechazo al cambio de denominación.


