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Terreno usurpado y sin servicios: el Municipio desistirá de cobrarle una deuda al propietario

El Ejecutivo desistirá de un juicio de apremio iniciado contra los herederos de un contribuyente por tasas municipales impagas. Se trata de un inmueble del barrio La Bianca que, según consta en la resolución, permanece ocupado por terceros y donde se conformó un asentamiento con viviendas precarias. Tampoco cuenta con delimitación exacta de lotes, red eléctrica normalizada ni alumbrado público.

7 septiembre, 2026

6:02 pm

El Municipio de Concordia dejará sin efecto una acción judicial iniciada para cobrar tasas municipales sobre un terreno del barrio La Bianca que permanece ocupado por terceros. La decisión fue adoptada por el Concejo Deliberante y publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La medida alcanza al inmueble identificado con la Partida Provincial N° 121216 y la Partida Municipal N° 49577, ubicado en la Manzana 5818, Parcela 3. El pedido había sido realizado por su propietario, quien explicó que el terreno había sido adquirido por su padre y que durante aproximadamente diez años se abonaron los tributos correspondientes.

Según surge de los antecedentes incorporados al expediente, con posterioridad el inmueble fue objeto de una ocupación de hecho y se consolidó allí un asentamiento compuesto por viviendas de construcción precaria. La situación fue constatada mediante una inspección realizada por el Departamento de Obras Privadas.

Los informes de la Dirección de Catastro y de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones incorporados al expediente también señalaron dificultades para identificar con precisión la configuración del inmueble. En particular, indicaron que no existe delimitación exacta de los lotes ni de los ejes medianeros y que el lugar tampoco cuenta con una red eléctrica normalizada ni alumbrado público.

A pesar de esa situación, la Municipalidad había iniciado una acción de apremio para reclamar el pago de tasas municipales al contribuyente. El expediente judicial tramita ante el Juzgado de Paz de Concordia.

La propia administración municipal consideró que continuar con el reclamo judicial resultaba desproporcionado frente a las circunstancias acreditadas. En los considerandos de la resolución se señala que se trata de un contribuyente jubilado que no puede ejercer la posesión ni utilizar el inmueble debido a la ocupación por terceros y que, además, no recibe allí determinados servicios municipales esenciales.

Qué resolvió el Concejo

La resolución aprobada el 27 de agosto autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a desistir formalmente del juicio de apremio.

Además, dispone solicitar al procurador fiscal interviniente, Guido Sebastián Reinafe, la restitución a la Dirección General de Rentas de la Planilla Judicial N° 028495 correspondiente al inmueble, una vez concretado el desistimiento.

Pero la resolución establece también que la Dirección General de Rentas deberá abstenerse de formular nuevos reclamos tributarios sobre el inmueble mientras se mantenga la situación fáctica acreditada en el expediente.

Es decir, no se trata solamente de retirar el reclamo judicial actualmente en trámite. Mientras continúe la situación de ocupación y las condiciones descriptas en el expediente, Rentas no deberá iniciar nuevos reclamos tributarios por ese inmueble.

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