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Tras el fallo que frenó fumigaciones cerca de viviendas en Diamante, ruralistas cargaron contra la Justicia

La reacción de sectores agropecuarios no se hizo esperar tras el fallo que ordenó ampliar las restricciones a las fumigaciones en zonas habitadas de Colonia Ensayo y Aldea Brasilera. Mientras la Justicia fundamentó su decisión en informes científicos y médicos que advierten sobre los riesgos de los agroquímicos para la salud y el ambiente, un dirigente rural calificó la medida de "irracional" y cuestionaron a la magistrada que dictó la sentencia. El Director del Distrito III de Federación Agraria Argentina, Matías Martiarena destacó que la sentencia de la vocal María Fernanda Miotti, de la Sala II de la Cámara Segunda de Apelaciones de Paraná, que restableció los límites anteriores de 1.095 metros para aplicaciones terrestres y 3.000 metros para aplicaciones aéreas, es “algo irracional, máxime si hablamos de que la aplicación nunca se realizó en Colonia Ensayo”. “Creo que esta jueza necesita aprender un poco más de las cosas”, dijo, según información enviada esta mañana a DIARIOJUNIO.

3 junio, 2026

7:06 am

El dirigente fue directo en sus declaraciones: “Acá, en Argentina, jueces irresponsables como esta señora toman estas tesituras de manera irracional. Tal vez haciendo caso a una presión inmobiliaria, no lo sé, pero sinceramente genera mucha bronca. Estamos hablando de un tema que hemos estado discutiendo durante mucho tiempo y que ahora el productor no sepa si está bien o está mal, si está cumpliendo la ley, porque por ahí puede venir otro juez medio irresponsable como este a tomar estas determinaciones. Resulta irracional”.

“Creo que esta jueza necesita aprender un poco más de las cosas y no tomar así como así estas posturas. El productor, en este caso particular, que iba a hacer los trabajos, cumplió con la ley como debía”, remarcó.

La Sala II de la Cámara Segunda de Apelaciones de Paraná dictó un fallo histórico en Entre Ríos al ordenar el cese inmediato de fumigaciones cerca de viviendas y urbanizaciones rurales de Colonia Ensayo y Aldea Brasilera, en el departamento Diamante.

La resolución fue firmada por la vocal María Fernanda Miotti, quien hizo lugar a dos amparos ambientales: uno colectivo, promovido por la vecina Janet Ximena Rosso en representación de habitantes de los loteos Tierra Alta I, II y III de Colonia Ensayo; y otro individual, radicado por Gerardo Gareis en representación de su hija menor de edad y su grupo familiar conviviente.

En la sentencia, la magistrada ordenó el “cese inmediato” de fumigaciones, pulverizaciones y aplicaciones de agrotóxicos tanto terrestres como aéreas en cercanías de zonas habitadas. Para las aplicaciones terrestres fijó una distancia mínima de 1.095 metros, mientras que para las aéreas estableció un resguardo de 3.000 metros.

Hasta ahora, la Ley 11.178 que regula la aplicación de agrotóxicos en Entre Ríos, permitía fumigar desde los 150 metros por vía terrestre y desde 500 metros por vía aérea en zonas cercanas a escuelas rurales, además de habilitar aplicaciones con productos de menor toxicidad en áreas de amortiguamiento.

Si bien la jueza entendió que la normativa no presenta una “manifiesta violación” de derechos o garantías constitucionales que justifique invalidarla judicialmente, exhortó al Estado provincial a profundizar medidas preventivas, de monitoreo, fiscalización y control sanitario y ambiental en las zonas afectadas.

No obstante, el dirigente agrario agregó que “el productor hizo el aviso 48 horas antes de hacer la aplicación, se presentó en la comuna, hizo todo en forma correcta. Los metros que había que hacer, los productos que iba a utilizar, todo en el marco de la ley”.

“La comuna traslada el aviso a la comunidad de que dentro de esas 48 horas en ese campo iba a haber una aplicación. Ese aviso lo toma la demandante en cuestión y esta jueza dictamina una serie de disparates”.

Martiarena enfatizó que “la aplicación nunca se realizó por parte de un productor de 23 años que quiso hacer las cosas como corresponde. Y estas cuestiones que pasan en Entre Ríos nos quitan la seguridad jurídica de poder producir”.

Así, se preguntó el federado: “¿Quién va a venir a invertir en la provincia? Si después dictan medidas carentes de argumento. Entendimos que con la ley estábamos tranquilos, que el productor iba a poder producir, pero la realidad nos indica que no es tan así”.

La jueza sostuvo que la decisión se fundamenta en la necesidad de otorgar “tutela preferente” a la salud humana y al ambiente, considerados bienes de máxima protección constitucional y convencional. Durante el proceso judicial se incorporaron numerosos informes médicos, científicos y ambientales como, por ejemplo, un dictamen del Departamento Médico Forense del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Según ese informe, la exposición aguda o crónica a agroquímicos puede generar efectos “genotóxicos, mutagénicos, teratogénicos e inmunitarios”, además de asociarse a cáncer, alteraciones endocrinas, problemas respiratorios, neurológicos y neurocognitivos, según publicó Tiempo Argentino.

matias martiarena faa
El Director del Distrito III de Federación Agraria Argentina, Matías Martiarena.

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