La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la cautelar que obliga al Estado Nacional a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso de la Nación en 2025, en sus artículos referidos a salarios y becas estudiantiles. La decisión del máximo tribunal se produjo al desestimar la queja presentada por el Poder Ejecutivo Nacional en la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional y otros contra el Estado por el Decreto 759/25.
En una resolución firmada este jueves, el máximo tribunal remitió a lo resuelto el 4 de junio de 2026, en el incidente de recusación con causa correspondiente a la misma causa. Según publica la Agencia Noticias Argentinas, la Corte sostuvo que el recurso extraordinario, cuya denegación parcial dio origen a la queja, no cumplía con el requisito de dirigirse contra una sentencia definitiva o equiparable, conforme al artículo 14 de la Ley 48.
El fallo obliga a cumplir los artículos relacionados con los salarios de docentes y no docentes y las becas estudiantiles, por lo que en la práctica implica cuestiones similares a las que acordaron el Gobierno y las universidades, rectores y gremios recientemente, por el que se otorgó un aumento del 21,3% en junio y un 3% en octubre.
Sin embargo, el fallo de la justicia obliga a cumplir con el aumento de las becas Progresar, no contempladas en el acuerdo.
La queja ante la Corte había sido interpuesta por el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Capital Humano – Secretaría de Educación, en su carácter de parte demandada. El expediente tuvo origen luego de que el presidente Javier Milei fuera obligado a promulgar la Ley de financiamiento pero se opusiera a aplicarla.


