El proyecto de Ley que ingresó esta mañana a la Cámara de Diputados, propone que se condone “la deuda por impuesto Inmobiliario Provincial de los inmuebles que fueron donados por titulares registrales de carácter privado a Municipios o Comunas de Entre Ríos, y cuyas deudas por Tasas Inmobiliarias hayan sido condonadas previamente por los respectivos Municipios o Comunas. Además, el proyecto establece que “la deuda a condonarse será la existente hasta el momento de la tradición efectiva del bien” y que “el Poder Ejecutivo mediante reglamentación, establecerá el procedimiento para la concreción de lo dispuesto por esta norma”.
El autor de proyecto, Marcelo López (JxER) sostuvo al respecto que “todo lo interesado surge del destino que se debe otorgar al inmueble donado, el cual no puede ser comercial sino por el contrario, estarían destinados exclusivamente al desarrollo urbanístico de la zona en que se encuentren, espacios verdes como plazas o paseos y/o con multas de planos habitacionales, calles u oficinas públicas que cada Comuna o Municipio administra”.
Y agregó: «De este modo, y mediante el procedimiento de reglamentación que se establece, logramos la regularización dominial de muchos inmuebles y generamos espacios verdes y/o bienes inmuebles a disposición del Estado, destinados a los multas expresamente enunciadas”.
Fundamentos
En los fundamentos, López el legislador sostuvo que el proyecto “tiene por objeto que las donaciones de inmuebles al Estado en cualquiera de sus estamentos, lo sean libres de deudas del Impuesto Inmobiliario Provincial tanto como de Tasas Municipales , sean éstas Inmobiliarias y/o Sanitarias”.
Con ese objetivo «es que interesamos acerca de que, efectivizada una donación a los Estados comunales o municipales, la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) exima de la deuda que pudiera pesar sobre el mismo en cuanto al Impuesto Inmobiliario, con el objeto que el donatario pueda disponer y dar destino de manera más rápida, efectiva y sin erogaciones que dificulten la aceptación y gestión del bien objeto de donación”.
Por ultimo, consideró López, “el mismo razonamiento” se debería mantener “para las tasas Inmobiliarias y Sanitarias, que las correspondientes Municipalidades deben condonar”.