La ley crea un organismo descentralizado, con autarquía económica y financiera, estructura propia y capacidad para actuar tanto en el ámbito del derecho público como privado. Entre sus objetivos figuran la confección de un inventario único de inmuebles provinciales, la regularización dominial de propiedades del Estado, la administración de bienes fiscales y la ejecución de políticas destinadas a optimizar su aprovechamiento.
La AABIPER fue concebida como autoridad central de la política inmobiliaria provincial. Entre sus atribuciones se encuentran intervenir en actos relacionados con la adquisición, administración, afectación, cesión, transferencia y disposición de inmuebles del Estado.
También podrá participar en procesos de regularización dominial, coordinar el relevamiento de bienes provinciales y administrar un registro unificado de propiedades estatales.
La ley establece además que la Agencia podrá obtener recursos provenientes de actos de administración y disposición de los inmuebles bajo su órbita, una característica que sus impulsores presentan como una herramienta para poner en valor activos estatales ociosos y generar financiamiento para el Estado.
Uno de los cambios más significativos es el traslado de competencias que anteriormente ejercía la Escribanía Mayor de Gobierno en materia patrimonial.
La ley dispone que la nueva Agencia asuma funciones que hasta ahora estaban distribuidas en otros organismos, convirtiéndose en un actor central dentro de la administración de bienes inmuebles provinciales.
Ese punto fue uno de los más cuestionados durante el debate legislativo. Desde sectores de la oposición se advirtió que la concentración de facultades en un organismo específico requerirá mecanismos de control especialmente rigurosos debido al valor económico y estratégico de los bienes involucrados.
Lo que dice la ley y lo que no dice
Una de las afirmaciones más repetidas por los críticos de la iniciativa fue que la norma abriría la puerta a la venta masiva de bienes públicos.
Sin embargo, una lectura estricta de la Ley 11.210 permite afirmar que la Agencia tendrá facultades para intervenir en la administración y disposición de inmuebles estatales, pero no alcanza por sí sola para concluir que exista un plan de privatización del patrimonio provincial.
Lo que sí surge claramente del texto es una fuerte centralización de competencias y la creación de una estructura con autonomía administrativa y financiera para gestionar los bienes inmuebles del Estado.
Desde el oficialismo sostienen que la creación de la AABIPER permitirá ordenar un patrimonio estatal históricamente disperso, mejorar la administración de inmuebles fiscales y avanzar en la regularización de propiedades cuya situación jurídica arrastra años de atraso.
Sus detractores, en cambio, consideran que la concentración de atribuciones en un organismo con rango y autonomía propios exige mayores garantías de transparencia y control institucional.


