La Secretaría de Transporte de Nación oficializó la Resolución 28/2026, mediante la cual elimina el régimen de compensaciones económicas que el Estado abonaba a las empresas de transporte de pasajeros por los boletos gratuitos otorgados a personas con discapacidad, trasplantadas y pacientes oncológicos.
El beneficio de gratuidad, sin embargo, no se modifica. De este modo, las empresas deberán continuar otorgando los pasajes sin costo a los usuarios alcanzados por las leyes especiales, pero a partir de ahora sin recibir reintegro alguno del Estado, por lo que el gasto queda absorbido directamente por las prestatarias del servicio.
La decisión alcanza al transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional y deja sin efecto un esquema vigente desde 2018, a través del cual el Estado compensaba parcialmente a las compañías por los pasajes otorgados en el marco de estos regímenes de protección social.
Con este cambio, el Gobierno nacional mantiene formalmente los derechos establecidos por ley, pero modifica por completo su financiamiento, trasladando el costo desde el Estado hacia las empresas del sector.


