La construcción de un terraplén que interrumpe el curso del arroyo Viraguay volvió a quedar en el centro de un conflicto por sus consecuencias sobre los establecimientos rurales vecinos. Tras constatar las irregularidades de la obra, el fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, anunció que se intimará a los propietarios a cumplir con las disposiciones de la Ley Provincial de Aguas N° 9172.
La estructura rodea un predio de más de 40.000 hectáreas perteneciente a Estancias del Ibicuy, cuyo referente es Pedro Pou. Está ubicada frente a Puerto Ruiz, en una zona próxima a la confluencia de los ríos Gualeguay y Paraná Ibicuy.
Según la constatación realizada por Rodríguez Signes mediante un sobrevuelo, el terraplén protege al establecimiento de las inundaciones, pero altera el escurrimiento natural del agua y traslada sus consecuencias hacia los campos vecinos. El perjuicio alcanzaría a más de 100.000 hectáreas del departamento Gualeguay.

Un conflicto que lleva años
La obra ya había sido objeto de observaciones y medidas por parte del Consejo Regulador del Uso de Fuentes de Agua (Corufa), organismo encargado de aplicar la Ley Provincial N° 9172, que regula el aprovechamiento y la conservación de los recursos hídricos superficiales y subterráneos.
Entre las medidas dispuestas por el organismo se encuentra la realización de cortes en el terraplén para permitir que el arroyo Viraguay recupere su circulación natural. Sin embargo, según la información oficial, los propietarios incumplieron sistemáticamente esas disposiciones.
La situación genera mayor preocupación ante la posibilidad de nuevas inundaciones en la cuenca del río Gualeguay. La interrupción de los cursos naturales de agua puede agravar las consecuencias de las crecientes sobre los establecimientos rurales vecinos.
La Ley de Aguas establece que el Corufa tiene facultades para regular, planificar y proteger los recursos hídricos, además de ejercer el poder de policía sobre las obras que puedan alterar su funcionamiento.
La intimación anunciada busca que los propietarios cumplan con las disposiciones del organismo y realicen las intervenciones necesarias para restablecer el normal escurrimiento del arroyo.












