La disputa judicial por las tierras pertenecientes a la sucesión Tavella, en Concepción del Uruguay, sumó un nuevo capítulo después de que la Cámara de Apelaciones de La Plata confirmara la suspensión de las actuaciones vinculadas con la subasta del inmueble. La decisión responde a inconsistencias entre la superficie que se ordenó rematar y los antecedentes registrales del predio, que habría sido loteado y parcialmente vendido varias décadas antes.
El expediente, caratulado «Briozzo Marta Cristina c/ Tavella de Rosende Fanny Stella s/ Apremio», llegó a esta instancia luego de que el juez de primera instancia de La Plata, Enrique A. Gorostegui, dispusiera frenar el procedimiento para que las partes, el martillero y el comprador pudieran efectuar sus descargos frente a las irregularidades detectadas.
La cuestión central es que el remate se habría realizado tomando como referencia las dimensiones del plano original, correspondientes a más de 15 hectáreas, sin contemplar las siete transferencias de dominio concretadas entre 1985 y 1992 a favor de particulares y entidades, entre ellas la asociación APINTA. Esas operaciones redujeron la superficie remanente a aproximadamente 151.000 metros cuadrados.
Según reconstruye el abogado y periodista Carlos Hartwig, autor de las publicaciones que dieron cuenta del caso, los edictos de convocatoria y el acta de subasta consignaron las dimensiones originales del terreno. De esa manera, sostiene, se terminó rematando formalmente una superficie que ya no existía como unidad dominial, porque incluía parcelas que habían sido transferidas a terceros.
De acuerdo con la denuncia de Hartwig, entre los terrenos comprendidos en el remate figurarían propiedades privadas ya vendidas, trazados de calles públicas, la Avenida Tavella y tierras utilizadas por la Municipalidad para instalar el puente provisorio y posteriormente el definitivo de acceso a Banco Pelay.
El periodista sostiene que esos terrenos nunca fueron formalmente expropiados y que tampoco se habría acreditado una transferencia regular de los derechos sobre ellos.
Las irregularidades denunciadas
El proceso de ejecución por deudas impositivas habría presentado otras irregularidades. Una de ellas es la notificación de la demandada, Fanny Stella Tavella de Rosende, en un domicilio que califica como inexistente, pese a que el certificado de dominio incorporado a la causa indicaba que residía en la ciudad de La Plata.
También cuestiona la proporcionalidad de la ejecución: según afirma, la venta de uno solo de los lotes habría sido suficiente para cancelar la deuda fiscal reclamada, sin necesidad de avanzar sobre la totalidad del inmueble.
A partir de esos elementos, Hartwig sostiene que el procedimiento habría permitido adquirir una extensión de tierra mucho mayor que la necesaria para satisfacer la obligación tributaria, a un valor que considera irrisorio.
Otro de los puntos señalados es la actuación del abogado Jorge Luis Satto, quien habría intervenido como representante de la ausente y, al mismo tiempo, se desempeñaba como jefe del área jurídica de la Municipalidad de Concepción del Uruguay. Hartwig cuestiona que no se hubiera procurado localizar a Tavella de Rosende, pese a que en la documentación registral figuraba su domicilio en La Plata, y plantea que tampoco se habrían defendido adecuadamente los terrenos y accesos públicos involucrados.
Por esa razón, reclama que el Concejo Deliberante investigue su actuación y que el Colegio de Abogados analice la posibilidad de abrir un procedimiento de ética profesional.
Un fideicomiso y la comercialización de terrenos
La denuncia incorpora además la constitución de un fideicomiso vinculado con las tierras luego de la subasta. Según Hartwig, esa figura habría comenzado a utilizarse para ofrecer lotes a la venta sin que estuviera definitivamente resuelta la titularidad ni se hubiera concretado la entrega de la posesión del inmueble.
También advierte sobre la posibilidad de que se impulsen desalojos contra personas asentadas en esos terrenos, en un escenario en el que todavía se discute judicialmente el alcance de los derechos adquiridos mediante el remate.
En ese sentido, cuestiona que se avance con la comercialización de parcelas mientras persisten dudas sobre la superficie efectivamente subastada y la documentación dominial que respalda esas operaciones.
La Cámara de La Plata exigió planos y documentación técnica
La suspensión dispuesta en primera instancia fue apelada tanto por la parte actora como por Río Uruguay Cooperativa de Seguros Ltda. Ambas partes cuestionaron la paralización de las actuaciones y sostuvieron que podía avanzarse con la inscripción del inmueble mientras se realizaban las tareas de medición.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones de La Plata rechazó ese planteo y ratificó el freno judicial. El tribunal consideró indispensable que se presenten los planos de mensura, división o loteo correspondientes, además de los dictámenes técnicos de los organismos competentes.
El objetivo es establecer con precisión la ubicación, los límites y las superficies reales de las partidas inmobiliarias involucradas, antes de resolver sobre la inscripción definitiva y la entrega de la posesión al comprador. La documentación requerida también será determinante para evaluar si corresponde mantener la subasta o declarar su eventual nulidad.
Hartwig encuadra el episodio dentro de lo que denomina un mecanismo de reciprocidad de favores y silencios entre sectores de poder de Concepción del Uruguay, al que sintetiza con la expresión «hoy por ti, mañana por mí». En su planteo, la falta de impugnaciones frente a las presuntas irregularidades de otros actores permitiría que determinadas operaciones avancen sin controles efectivos.












