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Polémica por dólar MEP: Mientras los concejales se pelean, una ordenanza de 2019 le dio total discrecionalidad al Ejecutivo para disponer del «fondo anticíclico»

Última actualización:
hace 36 días

La actual gestión de Azcué, al igual que la de su predecesor Enrique Cresto, tiene facultades discrecionales para disponer libremente de los recursos financieros y stock del municipio, sin previa revisión y aprobación del Concejo Deliberante que es, entre otras atribuciones, el órgano contralor y fiscalizador del Ejecutivo Municipal.

Esta semana se suscitó un nuevo cruce entre oposición y oficialismo por la inversión en dólares MEP que se hizo de esa masa de dinero puesta a trabajar en el sistema financiero que se conoce como «fondo anticíclico» y que al 26 de noviembre significaba un «respaldo económico» de 2000 millones de pesos, según dejó dicho la gestión de Cresto.

Hace dos meses, la gestión del Intendente Francisco Azcué autorizó por decreto a la Subsecretaría de Hacienda “realizar las gestiones necesarias para la compra de dólares a través de la operatoria de dólar MEP”. El argumento de la medida fue que, ante el riesgo de una nueva devaluación, “es necesario invertir parte del stock de las disponibilidades en moneda o instrumentos que permitan mitigar las posibles pérdidas y mantener la estabilidad financiera del Municipio”. A renglón seguido, se agregó que “la compra de dólares se justifica como una estrategia necesaria para preservar el poder adquisitivo de los fondos municipales”.

Lo cierto es que pasado el tiempo no hubo una nueva devaluación y el dólar MEP se mostró perdiendo valor no solo ante el tipo de cambio contra el peso sino que perdió mucho más en cuanto al poder adquisitivo frente a la constante inflación.

A finales de febrero, el dólar MEP ya iniciaba una seguidilla de caídas cotizando a $1.031,25 (informaba el diario Ámbito el 28/02/2024 ), siendo la brecha con el oficial de un 22,5%.

Este martes, el diario El Cronista informó que el dólar blue y MEP (que este miércoles se ubicó en 999,64) podrían quedar por debajo del dólar oficial que hoy cotiza para la compra en $843,50.

Ante este panorama, los concejales de la oposición encendieron las alarmas y le exigen explicaciones al oficialismo. Suponen que las pérdidas para el municipio se cuentan por millones de pesos, aunque nunca se informó cuánto de ese fondo anticíclico se invirtió en estos dólares financieros.

Si bien el Anexo 1 Decreto 1079/2021 (Reglamento de inversiones utilización de los recursos financieros y stock), permite invertir hasta el 75 por ciento del haber del Fondo en instrumentos financieros cuya moneda de denominación no sea el peso.

Pero el meollo del asunto en esta controversia comenzó algún tiempo antes y fue con la Ordenanza  N° 37.046, del 2 de diciembre de 2019, finales de la primera gestión de Enrique Cresto, que le dio al Ejecutivo la autorización para efectuar inversiones -a discreción- en plazos fijos y a efectuar depósitos en cuentas corrientes especiales para inversiones en instrumentos de renta fija y alta liquidez y/o colocaciones en fondos comunes de inversión de renta fija, con la sola condición de que incluya en la rendición de la cuenta de Percepción e Inversión de cada año, las inversiones realizadas e informar semestralmente al Concejo Deliberante el estado de las inversiones autorizadas por la ordenanza. Cosa que nunca se hizo y que esta gestión, si quiere marcar diferencia, debería hacerlo entre junio y julio.

Ahora, mientras alguno del oficialismo desvía el eje de la discusión sobre los resultados de la operatoria financiera elegida por la gestión, señalando que se invirtió en dólares MEP porque gran parte de la deuda heredada está dolarizada (soslayando que fue el gobierno de Macri, con Rogelio Frigerio como ministro del Interior, el que articuló la alternativa de colocar deuda en dólares a largo plazo para reconvertir el endeudamiento a corto plazo en pesos de las provincias y municipios), quienes hoy son oposición lloran sobre la leche derramada de la «discrecionalidad» que supieron acompañar cuando les tocó gobernar.

——

La ordenanza del «dejar hacer»

Concordia, 21 Noviembre de 2019

Expte. N° 24.459-DE

ORDENANZA PARA OPTIMIZAR RECURSOS FINANCIEROS Y STOCK DEDISPONIBILIDAD DEL MUNICIPIO.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar inversiones en plazo fijo en entidades bancaras, y a efectuar depósitos en cuentas corrientes especiales para inversiones en instrumentos de renta fija y alta liquidez y/o colocaciones en fondos comunes de inversión de renta fija.

ARTÍCULO 2º.- Tales inversiones deberán realizarse por medio de instrumentos de bajo riesgo y en entidades financieras de trayectoria reconocida y avaladas por el B.C.R.A.A. (Banco Central de la Republica Argentina) y/o registradas ante la C.N.V. (Comisión Nacional de Valores).

ARTÍCULO 3°.- Inclúyase dentro de las entidades a que hace referencia el párrafo anterior a entidades que se constituyan bajo la figura de “Agente de Liquidación y Compensación y/o Agente de Negociación”.

ARTÍCULO 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá incluir en la rendición de la cuenta de Percepción e Inversión de cada año, las inversiones a que se refiere la presente Orden

ARTÍCULO 5°.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá informar semestralmente al Honorable Concejo Deliberante el estado de las inversiones autorizadas por la presente ordenanza.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese

SALA DE SESIONES “EVA PERON” 21 de Noviembre de 2019.

Prof. IRMA BERGALIO

Vice-Pdte 1°

a/c Presidencia

Sra. ROXANA B. RONCO

Sub-Secretaria

a/c Secretaría

DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 2 de diciembre de 2019

ORDENANZA N° 37.046

Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Dr. ENRIQUE TOMÁS CRESTO

Presidente Municipal

Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ

Secretaria de Economía y Hacienda.

 

Link del Anexo 1 Decreto 1079/2021 (Reglamento de inversiones utilización de los recursos financieros y stock)

https://www.concordia.gob.ar/sites/default/files/boletines/Anexo%20Decreto%201079-2021.pdf

 

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