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lunes 12 de junio de 2023
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Alarma en Jujuy por una reforma constitucional que reprime y criminaliza los reclamos sociales

El gobierno de Jujuy lanzó un decreto que establece un cuasi estado de sitio en la región y afecta a trabajadores estatales y docentes, con consecuencias que incluyen despidos y represión. Además, se menciona una reforma constitucional que quita derechos fundamentales a los ciudadanos, y denuncian la intervención Ricardo Gil Laavedra, el autor del proyecto, y de quien aseguran ha promovido medidas represivas similares en otras regiones. Referentes sociales, entre ellos el Perro Santillán, llaman a resistir y a buscar apoyo internacional para enfrentar estas medidas. Desde la CTA de Hugo Yasky señalan que este actuar del gobierno Jujeño es un globo de ensayo de lo que el partido Juntos por el Cambio tiene previsto hacer si llega a ser gobierno, como medida para reprimir y silenciar las protestas que surgirían a raíz de los anunciados planes de ajuste.

La reforma parcial de la Constitución de Jujuy avanza velozmente y todo indica que el proceso no llegará a demandar un mes. La Convención comenzó a sesionar el 22 de mayo; el frente Cambia Jujuy impuso su mayoría para determinar que solo hasta ayer se podían entregar los dictámenes de comisiones. Esta semana se trabajará en la redacción, será aprobada el 17 de junio, y jurada el 20 de junio. 

El proyecto de reforma, que se conoció recién el 1 de junio, ocho días después de iniciada la Convención Constituyente, recorta la libertad de expresión, elimina las elecciones de medio término, establece “vías rápidas y expeditivas” para terciar a favor de titulares registrales en la disputa de tierras con comunidades originarias, entre otros aspectos cuestionados y que motivan el rechazo de un amplio sector social que incorporó la consigna “No a la reforma” en sus movilizaciones y marchas. 

La reforma es rechazada por distintos sectores de la vida pública jujeña, lo que se expresó con mayor fuerza en el marco del plan de lucha de la docencia. Además de las objeciones a su contenido, la oposición, sobre todo del Frente de Izquierda de los Trabajadores Unidad (FIT-U), que tiene seis convencionales, viene denunciando la falta de publicidad de las sesiones, además de que se llegó a prohibir la palabra a sus convencionales. 

Si bien al inicio de las sesiones la vicepresidenta de la Constituyente, Gabriela Burgos, anunció que se habilitaba un correo electrónico para que participe la ciudadanía y se habilitó un sitio digital, se conoce poco de las discusiones. No hay registro taquigráfico de las reuniones de comisiones y tampoco fueron públicas. 

Con 29 convencionales propios, contra 13 del Frente Justicialista y 6 del FIT-U, el oficialismo viene imponiendo su mayoría para avanzar de manera expedita, como lo hizo esta semana con el acta de cierre de etapa, a pesar de las objeciones de la oposición. El FJ había solicitado plazo hasta el 19 de junio para debatir en comisión, en tanto que el FIT-U había pedido una prórroga para la presentación de dictámenes atendiendo a que la Ley 6302 establece 90 días para el funcionamiento de la Convención y porque además referentes de organismos de derechos humanos no pudieron hacer aportes al proyecto que propone el oficialismo. Pero no hubo consideraciones: “De acuerdo a la representación que ostenta cada bloque, se establece por la mayoría (…) el día sábado 10 de junio hasta las 12:00 horas para la emisión de dictámenes y despachos”, aprobaron las y los convencionales de Cambia Jujuy. 

El proyecto de reforma del oficialismo jujeño confirmó las previsiones en cuanto al recorte de derechos. Propone modificaciones en 193 de los 212 artículos que tiene la Constitución vigente, aprobada en 1986. 

En cuanto al sistema electoral, elimina las elecciones de medio término, dado que plantea un nuevo texto para el punto 2 del artículo 106, que quedará así: “La Legislatura se renovará en forma total cada cuatro años, pudiendo sus miembros ser reelectos por un periodo consecutivo. Cumplido el mismo, no podrán ser reelegidos sucesivamente sino con un intervalo legal”. El punto 2 original establece expresamente la renovación parcial de la Legislatura cada dos años. 

Además, establece que “el partido que obtenga la mayoría de votos en las elecciones para Gobernador (obtendrá) la mitad más uno de las bancas de la Legislatura“.

Otra cuestión que genera preocupación es que, bajo el título “Derecho a la Paz Social y la Convivencia Democrática Pacífica”, prevé “la expresa prohibición de cortes totales de calles y cortes de ruta, así como toda otra perturbación al derecho a la libre circulación de los habitantes de la provincia y sus consecuencias legales”; “la responsabilidad política y jurídica de aquellos representantes y funcionarios públicos que incentiven, inciten, impulsen o promuevan, por acción u omisión, el surgimiento de grupos que vulneren la paz social y la convivencia democrática pacífica”.

«El proyecto fue enviado desde Buenos Aires por Gil Lavedra. Este individuo es el que ha elaborado esta reforma represiva, una reforma que en lugar de garantizar derechos, los quita y nos hace retroceder cien años en la historia. Esto es muy grave y debemos plantearnos seriamente cómo enfrentarlo. La intervención de Gil Lavedra me hace pensar que esto es parte de un proyecto nacional represivo, similar a lo que ocurrió en Salta con la promulgación de leyes contra los piquetes y las manifestaciones. Compañeros, no podemos permitir que esto pase desapercibido, creo que debemos tratarlo en todos los ámbitos. Aquí en Jujuy vamos a resistir, pero la verdad es que si no logramos que esto se nacionalice y rompamos el cerco mediático, no podremos cambiar la situación», denuncia mientras hace un llamado a la resistencia el sindicalista y líder social, Carlos «El Perro» Santillán .

Además, se cuestiona que el proyecto lesiona derechos de los pueblos indígenas. En primer lugar, la reforma se lleva a cabo sin la consulta previa, libre e informada. Pero también los pone en situación aún más vulnerable en los conflictos territoriales que enfrentan, generalmente con titulares registrales. El oficialismo impulsa la incorporación de dos puntos al artículo 36, “derecho a la propiedad privada“, para incorporar “mecanismos y vías rápidas y expeditivas que protejan la propiedad privada y restablezcan cualquier alteración en la posesión, uso y goce de los bienes a favor de su titular“. Y establecer que se considerará “grave violación al derecho de propiedad la ocupación no consentida” e impulsar la sanción de una ley especial que determine “las condiciones para el desalojo y para que el o los titulares del derecho de propiedad afectado estén en condiciones de ejercer los derechos que les asisten de manera inmediata, aun cuando los autores de la ocupación no consentida se atribuyan la representación o los derechos del pueblo”.   

Otro aspecto que recibió críticas es que cuando las comisiones trataron el tema del uso del agua, invitaron a funcionarios de organismos del gobierno, sin escuchar a las comunidades indígenas que están en lucha en defensa del agua y el territorio, y rechazan la extracción del litio.

Los seis convencionales de la Izquierda adelantaron que votarán en contra de este proyecto; en tanto que los convencionales que responden al presidente del Partido Justicialista, Rubén Rivarola, estarían divididos.

La elección de los convencionales constituyentes se hizo junto con los comicios generales provinciales, el 7 de mayo pasado. Morales encabezó la lista de candidatos, aunque asistió solo a la sesión preparatoria, día en el que juró, fue designado presidente de la Convención, y pidió licencia para ocuparse de sus funciones de gobernador, y de la interna de Juntos por el Cambio y su declarada intención de postularse a la presidencia.

PARA LA CTA, JUJUY ES EL GLOBO DE ENSAYO PARA UN PLAN DE AJUSTE CON REPRESIÓN

En un comunicado emitido recientemente, Hugo Yasky, Secretario General de la CTA, y Enrique Rositto, Secretario de Comunicación, repudian enérgicamente la avanzada autoritaria del Gobierno de Gerardo Morales en Jujuy. Acusan al gobernador Morales de promover una reforma constitucional inconsulta y violatoria del Artículo 14 bis, y de buscar consolidar un Estado de Sitio permanente mediante la suspensión del derecho a la protesta a través de un polémico decreto.

Según los líderes sindicales, este actuar del gobierno de Jujuy es un globo de ensayo de lo que el partido Juntos por el Cambio tiene previsto hacer si llega a ser gobierno, como medida para reprimir y silenciar las protestas que surgirían a raíz de los anunciados planes de ajuste.

El decreto en cuestión, denominado 8464/23, busca penalizar la protesta social y limitar el derecho de huelga, incluso contradiciendo la Constitución Nacional, tratados internacionales y convenios de la Organización Internacional del Trabajo. Los críticos sostienen que esto abre la puerta a la represión y a la intervención de la justicia penal para acallar la protesta social.

Además, el gobierno de Jujuy ha tomado medidas drásticas que afectan los derechos laborales, como sancionar con suspensiones de dos años y cesantías a empleados públicos que ejercen sus derechos sindicales. Esta acción es considerada de una gravedad inusitada y reminiscente de épocas dictatoriales en las que se utilizaban cesantías y decretos de prescindibilidad para disciplinar a quienes reclamaban por sus condiciones de trabajo.

Ante esta situación, Yasky y Rositto expresan su solidaridad con el pueblo jujeño y convocan a una jornada nacional de protesta y movilización que se llevará a cabo en todo el país el próximo martes 13.

Los líderes sindicales enfatizan que es inaceptable que las demandas sociales sean respondidas con criminalización y la supresión de derechos fundamentales, como el derecho de peticionar ante las autoridades. Consideran que, a 40 años de la recuperación de la democracia, no se puede permitir que la criminalización de la protesta social se convierta en una práctica que institucionalice la persecución de quienes luchan por sus derechos.

El DECRETO DE MORALES:

DECRETO ACUERDO Nº 8464-G/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 JUN. 2023.-

VISTO:

“La Ley N° 5860 “Código Contravencional de la Provincia de Jujuy”; y,

CONSIDERANDO:

Que, es público y notorio, que sesiona la Convención Constituyente, con afectación de personal y ocupación del recinto legislativo;

Que, resulta imperativo, garantizar en forma efectiva, los derechos de libre tránsito y circulación, individuales y colectivos, actualizando el régimen de

contravenciones y penas, que respalde facultades preventivas y punitivas ya conferidas para el actuar eficaz de autoridades contravencionales.

Por lo expuesto, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Modifíquese el Articulo 113 de la Ley 5860/14 “Código Contravencional de la Provincia de Jujuy”, que quedará redactado en los siguientes

términos:

Artículo 113.- Serán sancionados con hasta mil Unidades de Multa (1.000 UM), quienes permanezcan en espacios públicos, alterando el orden,

obstaculizando la libre circulación vehicular y/o peatonal, causando temor en la población o limitando ilegítimamente y de cualquier modo el libre ejercicio de

los derechos de los ciudadanos. En estos casos, la fuerza policial deberá intimar a los supuestos infractores para que desocupen el lugar en forma inmediata y permitan el libre ejercicio de los derechos de los ciudadanos. Cuando los protagonistas hicieren caso omiso a dicha intimación, el representante del Departamento Contravencional, los intimará para que de inmediato procedan a dispersarse, restablecer el orden, la normal circulación  vehicular y peatonal, bajo expreso apercibimiento de dar intervención directa a la justicia penal, sin perjuicio de la formación de causas contravencionales a la s personas humanas, jurídicas, ideales y/o cualquier tipo de organizaciones, tengan o no personería jurídica, que hayan intervenido o propiciado el hecho. En los supuestos que con motivo de la contravención prevista en el párrafo anterior se ocasionen daños materiales a bienes públicos o al patrimonio cultural, la multa podrá elevarse hasta el doble de conformidad a la magnitud de los perjuicios perpetrados. Como agravante de la pena prevista en los párrafos anteriores, corresponderá la inhabilitación para ejercer cargos públicos hasta dos (2) años, cuando el contraventor fuere un funcionario nacional, provincial o municipal. Igualmente, para el caso que el contraventor fuere empleado público, además de la multa aplicable y su efectivización a través de sistemas de detracción, la contravención será considerada falta grave, que, en caso de reincidencia, constituirá causa suficiente de cesantía». 

ARTÍCULO 3°.- Déjese sin efecto toda normativa que se oponga a la presente.-

ARTÍCULO 4°.– El presente Decreto Acuerdo regirá a partir de la fecha.-

ARTÍCULO 5°.- Dése a la Legislatura Provincial para su ratificación.-

ARTICULO 6°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Salud, Desarrollo Humano, Educación, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo, Ambiente y Cambio Climático, Seguridad, Planificación Estratégica y Modernización, Derechos Humanos y Pueblos Indígenas. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia, para demás efectos.

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR

FUENTE: DIARIOJUNIO/RESUMEN LATINOAMERICANO/PRENSA CTA

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