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jueves 21 de marzo de 2024
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Concordia: Ajustes en el Estacionamiento Medido y nuevas exenciones para residentes y establecimientos educativos

El Honorable Concejo Deliberante de Concordia ha aprobado una ordenanza que introduce modificaciones significativas en el sistema de Estacionamiento Medido (SEM) de la ciudad.

Entre los principales cambios, se destaca la inclusión de una disposición que establece que los aumentos del valor de la hora de estacionamiento y las notificaciones por falta de pago deben ser informadas inmediatamente al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento y consideración.

Además, se han creado nuevas exenciones para ciertos grupos de ciudadanos, incluyendo al personal docente y no docente que concurre a establecimientos educativos dentro del radio del Estacionamiento Medido y a los frentistas que habitan en edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal. Asimismo, se han clarificado las exenciones para los comercios, estableciendo criterios específicos para su aplicación.

El presidente del bloque oficialista, Felipe Sastre, destacó la importancia de estas modificaciones y enfatizó en la necesidad de garantizar un sistema de estacionamiento equitativo y transparente para todos los ciudadanos de Concordia.

Las modificaciones introducidas en la Ordenanza N° 35.701 del Estacionamiento Medido (SEM) de Concordia son las siguientes:

Informe Inmediato al Concejo Deliberante: Se establece que los aumentos del valor de la hora de estacionamiento y las notificaciones por falta de pago deben ser informadas de manera inmediata al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento y consideración.

Nuevas Exenciones: Se crean nuevas exenciones para ciertos grupos de ciudadanos, incluyendo:

Personal docente y no docente que concurre a establecimientos educativos dentro del radio del Estacionamiento Medido.
Frentistas que habitan en edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal.
Comercios, con criterios específicos para su aplicación.

Se han clarificado las exenciones para los siguientes casos:

Vehículos de servicios públicos como policía, bomberos, ambulancias, prensa, y transporte de caudales.
Vehículos para discapacitados.
Vehículos de carga y descarga de mercaderías.
Vehículos de establecimientos educativos, con condiciones específicas según la ubicación del establecimiento.

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