La resolución recuerda que en 2014 el entonces Departamento Ejecutivo firmó un contrato de comodato mediante el cual cedió por veinte años un terreno municipal identificado con Matrícula N.º 108.833, ubicado en el barrio Gobernador Cresto, para que la institución construyera y utilizara una cancha de fútbol.
Sin embargo, ese decreto había sido dictado ad referéndum del Concejo Deliberante, por lo que necesitaba la ratificación de los concejales para adquirir plena validez jurídica. Esa aprobación nunca se produjo.
La misma situación ocurrió en 2018, cuando el Ejecutivo autorizó un segundo contrato de comodato con la misma entidad, esta vez para utilizar el Salón de Usos Comunitarios del barrio Constitución Este como sede social del club. Ese decreto también fue remitido al Concejo, pero jamás fue ratificado.
La entidad beneficiaria de ambos comodatos está presidida desde hace años por el dirigente, referente barrial y ex Director de Comisiones Vecinales de la Municipalidad, Jaime Cisneros. Durante las gestiones municipales encabezadas por Enrique Cresto, la institución mantuvo una estrecha relación con el Ejecutivo local, que además de las cesiones de uso de inmuebles firmó distintos convenios de cooperación destinados a apoyar el funcionamiento del club.
Entre ellos se encuentran acuerdos celebrados en 2017 y 2018 mediante los cuales la Municipalidad otorgó aportes económicos mensuales para solventar gastos de mantenimiento y el desarrollo de actividades deportivas y sociales. A cambio, la institución asumía el compromiso de solventar los gastos de su participación en torneos de fútbol, fomentar las actividades deportivas, la conservación en condiciones óptimas de las instalaciones construidas o aquellas a construirse. Además, debía poner sus espacios a disposición del Municipio para la realización de actividades comunitarias y culturales.

El Concejo cuestionó el incumplimiento del destino previsto en los comodatos. En la resolución se señala que no quedó acreditado que la institución hubiera cumplido con el objetivo que justificó la cesión original del terreno, que la cancha de fútbol prevista en el contrato de 2014 nunca fue concretada. Por su parte, el salón comunitario permanecía cerrado sin que los vecinos pudieran tener acceso al mismo.
Es por eso que el Concejo instruyó al Departamento Ejecutivo a iniciar las actuaciones administrativas necesarias para resolver, extinguir o declarar ineficaces ambos contratos de comodato.
Además, deberá notificar formalmente a la Asociación Club Social, Cultural y Deportivo Defensores del Barrio La Constitución e intimarla, si corresponde, a restituir los inmuebles municipales libres de personas y bienes dentro del plazo que determine la administración. También prevé que, en caso de incumplimiento, el municipio pueda promover las acciones administrativas y judiciales necesarias para recuperar los bienes y dejar el salón a disposición de los vecinos para que vuelva a cumplir la finalidad comunitaria que motivó el reclamo.


1 comentario
Ciudadano
El clientelismo político pintado de cuerpo entero. Y la percepción de impunidad de los políticos que los lleva a pensar que los bienes públicos son propios y pueden disponer de ellos a su libre albedrio en perjuicio de la comunidad, en este caso los habitantes del barrio. Ojala se ejecute rápidamente la restitución al patrimonio ciudadano.