Caso testigo. Un fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó un resultado que puede ser testigo para el resto del sector y para las actividades en las que es habitual el cobro de propinas por parte de los trabajadores. Es que determinó que deben ser consideradas como parte del salario y por lo tanto reconocidas al momento de la indemnización.
Para los camaristas las propinas percibidas por el actor «poseen carácter salarial», ya que de la prueba testimonial se puede concluir que el accionante «percibía una porción de sus haberes con prescindencia del pertinente respaldo registral, como asimismo que habituaban recopilar las gratificaciones extendidas por los destinatarios de los servicios provistos, con el propósito de repartirlas entre quienes desarrollaban su débito profesional en tal sitio»
El caso es el de un empleado que desde el año 1997 y hasta el 2011 trabajó como playero de la estación de servicio. y como ayudante del encargado. Además se destaca que reemplazaba al encargado cuando él no estaba.
https://ar.microjuris.com/
La Justicia reconoció a las propinas recibidas por un playero de una estación de servicio como parte del salario
En el escrito dado a conocer por el portal Micrujuris.com (sobre noticias legales en Argentina) se hace énfasis en que «la empleadora se hallaba en pleno conocimiento de que las gratificaciones -propinas- eran percibidas por el personal, y que consentía pacíficamente -ora por acción, ora por omisión- ese escenario, derogando por vía de la costumbre las prohibiciones dimanantes del reglamento por ella estatuido».
Por ello entienden que hay que tomarlo como base sobre la cual se calcula la indemnización y lo catalogan como «abono de haberes en forma clandestina». Es más sostienen que «la práctica de tender un manto de parcial clandestinidad sobre el contrato de trabajo constituye una maniobra defraudatoria que necesariamente engendra la responsabilidad directa»
17 comentarios
Ricardo
Cuando pongan carteles no se aceptan propinas no se quejen ni pregunten por que.
Mario
Yo soy gastronómico, y recibo propinas cuando mí servicio es bueno, pero eso no tiene que contarse como sueldo ni nada, ya que es un premio el se recibe. Los empleadores ratas quieren hacerlo pasar por una porción del sueldo, para descontarse lo a los empleados
Emiliano Grande
CONSIDERO UNA FALTA DE RESPETO XQ EL EMPLEADOR CON TAL DE AHORRARSE UNOS PESOS DEL SUELDO DEL TRABAJADOR TOMA EN CUENTA ESAS PROPINAS PARA DESPUES PAGARLE CHAUCHAS Y PALITOS AL TRABAJADOR. LAS PROPINAS SON INDIVIDUALES SIEMPRE. YO TRABAJE EN HELADERIAS DE DELIVERY Y ME PAGABAN EN ESE MOMENTO $30.00 X DIA QUE ERA MUCHO (AÑO 2003) Y TODAS LAS PROPINAS ME LAS DABAN LAS QUE PEDIAN HELADO EN LA MANO APARTE. COSA QUE JUSTAMENTE EL EMPLEADOR NO ME ESTAFE. PERO BUENO ESTO ES ARGENTINA. EL QUE TE DA TRABAJO TE CAGA DE UNA MANERA U OTRA. COSA QUE EN OTROS PAISES NO PASARIA.
MIGUEL
CARLOSQ: Lei varias veces tu comentario y no lo entiendo, estas a favor del fallo o no???
Es verdad que la propina no incrementa los AGUINALDOS, como asi tampoco los aportes jubilatorios.
La PROPINA es pura y exclusivamente del empleado, bajo ningun concepto puede ser considerado parte de un salario ya que no influye en una liquidación final.
La liquidación final se calcula sobre leyes laborales y recibos de sueldos, NO SOBRE SUPUESTOS.
Nanisimo
El sueldo fijo es una cosa, la atención y la propina que puedan llegar a dejar los clientes o pasajeros de momento, es otra cuestión. Si el empleador cumple en tiempo y forma con lo que corresponde, el resto no cuenta. Hacemos lo que corresponde, el resto, viene de arriba y acuerdo a como nos desempeñamos.
Resignado
Un dislate total. Por estas cosas es que la justicia termina perjudicando la generación de empleo. Argentina no tiene remedio
Alberto mercado
no crean en estás boludeces el artículo 113 de la ley de contrato de trabajo dice que si la propina no está prohibida se considera un salario más … hice una demanda reclamando indemnización por el artículo 113 de la ley de contrato de trabajo y me dijeron que no corresponde porque lo habían anulado del convenio colectivo de trabajo por favor no se dejen llevar por falsas informaciones consulten con un profesional antes de hacer un reclamo legal
Chichl
La propina es algo voluntario y un sentir de la persona a la que fue bien atendida y satisfecha por el que emite su servicio con vocación .
No es parte en ninguna parte del mundo de un salario , dejen de limitar o querer limitar una voluntar propia de un agradecido.
Victor
Si esto es tomado como sueldo la propina la estafa la está haciendo el propietario al no pagar salario como corresponde
Aguinaldo
Vacaciones
Evita pagar jubilación como corresponde
Estafa a afip
Si el cliente le da propina al una persona es por un buen servicio de el empleado no del dueño
Guido
La justicia es la principal causa del desempleo, este fallo va a dejar precedente en todos los rubros. Quien va a querer contratar gente asi
Ryben
Estoy de acuerdo el salario tiene que ser mayor y ese es el incentivo para el empleado la propina lo que hace es pagar menos sueldo y el empleador siempre es el que gana negteando al empleado
Décima
Está jueza no tiene dos dedos de frente. La próxima no puedes ser considerada como parte del salario. La propina es un extra que el empleado se gana con su excelente trabajo y servicio. Me párese que quien dictaminó este fallo nunca trabajo en su vida y desprecia el trabajo menos pago.
Alberto Eduardo Crocco
Nunca entendí esto de la propina,por qué hay que darle propina a alguien que debe cumplir con su trabajo como corresponde?
Marce
Debe dejarse de dar propina. La justicia a favor del trabajador del caso, y en contra del trabajo.
Emilia
La propina es para el empleado no como salario si le damos propina es por su buena atención
Carlosq
Considero q el fallo es válido porque las contrataciones laborales de este y otros rubro, suele mencionarse que el salario es bajo, pero es compensado por las propinas. E inducen a que un brillante desempeño en la atención del servicio genera propinas más altas. Con lo cual el salario total no lo brinda el empleador ,con la pérdida de beneficios para el trabajador, y beneficios para el q contrata, ya que no paga el total del salario, ni lo q incide en el SAC y las vacaciones, y los aportes sociales q . Y al cliente le sale más caro el servicio
Ricardo
Y como saben que cantidad ves?
Pagan impuestos,jubilacion obra social con la pripina?
Nooooooo entonces no es sueldo .