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viernes 17 de noviembre de 2023
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Piden el procesamiento de empresarios por el derrumbe del Puerto Ibicuy

El derrumbe del muelle continental del Puerto Ibicuy generó un fuerte impacto en la provincia. Doce años después la causa judicial sigue su curso, con dos empresarios y un funcionario imputados por estrago doloso. Se trata de los empresarios Philip Theodore Pyfrom y Pablo Ferulano Carminatti, y del ex funcionario Hugo Rodríguez, que se desempeñaba en ese momento a cargo del Ente Autárquico Puerto Ibicuy.

A doce años del derrumbe del Puerto Ibicuy, el Ministerio Público Fiscal solicitó la revocatoria de la falta de mérito y que se dicte el procesamiento de un funcionario y dos empresarios y un ex funcionario por el delito de estrago doloso.

El 17 de julio de 2011 se derrumbó el 80 por ciento de un muelle de la terminal portuaria que explotaba Transbordo Ibicuy SA, una empresa que dedicada al acopio de productos minerales y químicos a granel que son importados desde Brasil y Bolivia.

El incidente se produjo mientras un buque remolcador aguardaba la carga de combustible y se presume que el derrumbe fue ocasionado por una sobrecarga de las mercaderías (hierro). Lo cierto es que una camioneta, una grúa, tres cintas transportadoras y un camión cisterna cargado con 34 mil litros de gasoil cayeron al río Paraná y el combustible se derramó sobre el curso de agua.

Este derrumbe generó un peligro para la vida de las personas que se encontraban en las cercanías del lugar y afectó no solo el funcionamiento del puerto durante ocho años, sino que también obstaculizó el comercio fluvial y afectó la seguridad de la navegación y también generó la contaminación del río.

Pyfron era en ese momento el representante de la Argenmar SA, que a su vez integraba una Unión Transitoria de Empresas (UTE) con las firmas Trasbordo Ibicuy SA y Suelos Argentinos SA, cuyo representante era Ferulano Carminatti, quienes serían las responsables de la carga cuya sobreacumulación provocó el derrumbe. Los controles, en tanto, estaban a cargo del ente portuario, cuyo titular era Rodríguez. Por ese motivo fueron imputados por el delito de estrago, que prevé penas de tres a diez años para quien cause la destrucción por medio de sumersión o varamiento de nave, derrumbe de un edificio, inundación de una mina o cualquier otro medio.

La causa estuvo dos años paralizada por una disputa de competencia, hasta que en 2013 la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que debía quedar a cargo del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay. Sin embargo, pasaron cuatro años hasta que el juez Pablo Seró llamó a indagatoria a los imputados y otros tres hasta que finalmente comparecieron.

En el ínterin, el puerto fue reparado y quedó nuevamente operativo. En 2014, el Estado provincial desistió de su intervención como querellante en el proceso penal tras arribar a un acuerdo de indemnización entre el Ente Autárquico Puerto Ibicuy, la entidad permisionaria Trasbordo Ibicuy y una empresa aseguradora para la reconstrucción del muelle.

Los empresarios entonces se presentaron ante el juez Seró y pidieron que declarara la extinción de la acción penal por el tiempo transcurrido y porque el litigio se había resuelto mediante un “acuerdo de indemnización definitiva” y un “acuerdo de reconstrucción del muelle continental” por 8 millones de dólares en obras e indemnizaciones. Pero en ningún momento fueron presentados ni avalados por el fiscal ni homologados por el juez, por lo que los pedidos fueron rechazados.

Sin embargo, Seró dispuso luego la falta de mérito de los empresarios y el ex funcionario por considerar, en líneas generales, que no estaba suficientemente acreditado que la UTE tuviera el control sobre las cargas que se hacían en el muelle; y tampoco que hubiera una omisión de controles por parte del ente portuario provincial.

La medida fue apelada por la fiscal Josefina Minatta, quien pidió que se revoque la falta de mérito; e incluso el fiscal Leandro Ardoy, en el memorial ante la Cámara Federal de Apelaciones, sostuvo la apelación y fue más allá al solicitar al tribunal el procesamiento de los imputados argumentando razones de celeridad y economía procesal. El tribunal deberá expedirse en los próximos días.

 

Fuente: Página Judicial

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