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Reforma laboral: el Gobierno oficializó los cambios en jubilaciones, licencias médicas y convenios colectivos

La reglamentación de la Ley de Modernización Laboral ya entró en vigencia a través de los decretos 406, 407, 408 y 409/2026 publicados este lunes en el Boletín Oficial. Entre los principales cambios, ANSES deberá informar a las empresas sobre los trámites jubilatorios de sus empleados, las licencias médicas pasarán a emitirse de forma digital, se modifican las reglas de los convenios colectivos y los recibos de sueldo mostrarán el costo laboral total que afronta el empleador. Además, el Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un nuevo sistema para financiar indemnizaciones que comenzará a regir desde el 1 de noviembre de 2026

1 junio, 2026

4:56 pm

La medida ya entró en vigencia y forma parte de la denominada Ley de Modernización Laboral.

Jubilaciones: ANSES deberá informar a las empresas

Uno de los cambios más importantes establece que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) deberá comunicar a los empleadores cuándo un trabajador inicia su trámite jubilatorio y cuándo finalmente obtiene la jubilación.

Hasta ahora, esa información formaba parte de la relación entre el trabajador y el organismo previsional. Con la nueva reglamentación, las empresas podrán conocer el estado del proceso y saber cuándo se concede el beneficio.

Según el Gobierno, la medida busca brindar mayor previsibilidad a empleadores y obras sociales. Sin embargo, también permitirá a las empresas actuar con mayor rapidez una vez que un empleado reúna los requisitos para jubilarse.

Fin de la ultraactividad de los convenios colectivos

Otro de los puntos centrales de la reglamentación tiene que ver con los convenios colectivos de trabajo. El decreto ordena a la Secretaría de Trabajo iniciar en un plazo de 30 días el proceso para renegociar los convenios vencidos.

La reforma elimina el sistema conocido como «ultraactividad», que permitía que los convenios continuaran vigentes aun después de haber vencido formalmente.

A partir de ahora, aquellos acuerdos cuyo plazo haya expirado deberán ser renegociados. Cuando no exista una fecha clara de vencimiento, se podrá tomar como referencia el 31 de diciembre de 2026.

Cambios en los aportes y retenciones de los convenios

La reglamentación también establece límites más estrictos para los aportes, contribuciones y retenciones económicas incluidas en los convenios colectivos.

Según el nuevo esquema, todos esos conceptos deberán analizarse de manera conjunta para verificar que no superen los topes legales establecidos. Además, no podrán homologarse convenios que incluyan cargas económicas superiores a los límites permitidos por la ley.

Nuevas reglas para las licencias médicas

La reforma incorpora cambios importantes en los certificados médicos laborales.

A partir de ahora, las indicaciones médicas que dispongan reposo deberán emitirse mediante receta digital y a través de plataformas registradas oficialmente.

Los certificados deberán estar firmados por profesionales habilitados y registrados en los sistemas nacionales correspondientes.

Con ello, el Gobierno sostiene que la medida busca otorgar mayor control, trazabilidad y transparencia a las licencias médicas.

Apartado por si hay diferencias entre el médico del trabajador y el de la empresa

La reglamentación también crea un mecanismo para resolver conflictos cuando exista desacuerdo entre el diagnóstico presentado por el trabajador y el control médico realizado por el empleador.

En esos casos, cualquiera de las partes podrá solicitar la intervención de una junta médica oficial o recurrir a instituciones médicas públicas o privadas de reconocida trayectoria.

Recibos de sueldo con más información

Otro de los cambios afecta directamente a los recibos de haberes. A partir de ahora deberán incluir información más detallada sobre los costos laborales asociados a cada trabajador.

La intención oficial es que el empleado pueda conocer no solo cuánto cobra de bolsillo, sino también cuánto desembolsa el empleador por aportes, contribuciones y otros conceptos vinculados a la relación laboral.

Además, los recibos podrán utilizarse como documentación para acreditar afiliaciones sindicales cuando figure expresamente la retención de la cuota correspondiente.

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Cambios para las negociaciones empresariales

La reglamentación modifica además las condiciones de representación de las cámaras empresarias en las negociaciones colectivas.

Las organizaciones patronales deberán acreditar que representan al menos al 10% de los trabajadores alcanzados por el convenio correspondiente.

Cuando una negociación abarque varias jurisdicciones, la autoridad laboral podrá admitir representaciones adicionales del sector empleador.

Trabajo en plataformas y construcción

La reglamentación también incorpora disposiciones vinculadas al trabajo mediante plataformas digitales y a la registración laboral en la industria de la construcción.

Según el Gobierno, el objetivo es adaptar la legislación laboral a nuevas modalidades de empleo y simplificar procedimientos administrativos.

Los detalles operativos de algunos de estos cambios serán definidos mediante normas complementarias de la Secretaría de Trabajo.

Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para las indemnizaciones

En paralelo a la reglamentación de la reforma laboral, el Gobierno nacional también puso en marcha el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un nuevo sistema destinado a ayudar a financiar las indemnizaciones por despido de trabajadores registrados del sector privado. La medida fue oficializada mediante el Decreto 408/2026 y comenzará a regir desde el 1 de noviembre de este año.

El esquema funcionará a través de cuentas individuales a nombre de cada empleador, administradas por entidades autorizadas y supervisadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Allí se irán acumulando aportes mensuales que deberán realizar las empresas para conformar un fondo destinado al pago de futuras indemnizaciones.

Según la reglamentación, los empleadores deberán realizar contribuciones periódicas que serán administradas mediante fideicomisos financieros o fondos comunes de inversión. Los recursos sólo podrán utilizarse para afrontar obligaciones vinculadas a despidos y otras compensaciones laborales previstas por la ley.

El Gobierno sostiene que el objetivo es garantizar una mayor previsibilidad para las empresas y facilitar el cumplimiento de las indemnizaciones. Sin embargo, el nuevo mecanismo generó debate entre especialistas y sectores sindicales, que observan con atención cómo impactará en el sistema laboral vigente.

Además, la reglamentación establece que el fondo sólo cubrirá a trabajadores correctamente registrados y que deberá existir un período mínimo de aportes antes de que la cobertura pueda utilizarse.

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