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Judiciales

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Tras la intervención de la Corte Suprema, el STJ de Entre Ríos ordenó avanzar a juicio en una causa por abuso sexual

El expediente se inició en 2020, tras la denuncia de una agente municipal de Concordia contra un hombre identificado como J.K. En 2025, el máximo tribunal entrerriano había dispuesto el sobreseimiento del imputado por el vencimiento de los plazos de investigación. Ahora, según informó a DIARIOJUNIO la abogada querellante María de los Ángeles Petit, una nueva resolución ordenó realizar la audiencia de remisión a juicio.

Por Diana Slavkin

5:05 pm h
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La Sala I en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dispuso el 9 de octubre que la causa vuelva al Juzgado de Garantías de Concordia para avanzar hacia el juicio oral. La decisión se tomó después de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocara, en junio de este año, una sentencia que había favorecido al imputado J.K.

El expediente se originó a partir de la denuncia de una agente de la Municipalidad de Concordia que habría sufrido un abuso sexual mientras cumplía funciones durante la pandemia de Covid-19.

La nueva resolución lleva las firmas de los vocales Leonardo Portela, Carlos Federico Tepsich y Laura Mariana Soage. El tribunal rechazó la impugnación extraordinaria presentada por la defensa y ordenó realizar la audiencia de remisión a juicio.

El fallo anterior y la intervención de la Corte

El 31 de marzo de 2025, la Sala I del STJER, integrada entonces por Daniel Omar Carubia, Claudia Mónica Mizawak y Laura Mariana Soage, había hecho lugar a un planteo de la defensa. En esa oportunidad, anuló resoluciones judiciales anteriores y declaró insubsistente la facultad de la Fiscalía para continuar con la investigación. Como consecuencia, dispuso el sobreseimiento del imputado.

La defensa había cuestionado decisiones previas de la Cámara de Casación Penal y de los jueces que intervinieron en la causa, en una discusión centrada en el vencimiento de los plazos procesales.

La resolución fue recurrida ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el 4 de junio de 2026 revocó la sentencia provincial y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento. Para resolver, el máximo tribunal nacional remitió a la doctrina establecida en el fallo Price (Fallos 344:1952).

Qué resolvió el STJ

En su nueva sentencia, el tribunal entrerriano reconoció que los plazos de la investigación penal preparatoria habían vencido sin que el Ministerio Público Fiscal solicitara a tiempo las prórrogas previstas en el artículo 223 del Código Procesal Penal provincial. También señaló que el requerimiento de remisión a juicio se había presentado después de vencido el plazo de 30 días fijado por el juez de Garantías.

Sin embargo, distinguió entre la extinción de las facultades de la Fiscalía para continuar investigando y la subsistencia de la acción penal. Según explicó, el vencimiento de los términos legales impide seguir realizando actos de investigación e incorporar nuevas pruebas, pero no extingue por sí mismo la acción penal ni constituye una causal autónoma de sobreseimiento.

Con ese criterio, rechazó la impugnación extraordinaria de la defensa y ordenó que el expediente regrese al Juzgado de Garantías de Concordia para que se realice la audiencia de remisión a juicio.

La reacción de la querella

“Estamos muy conformes con el fallo, y sobre todo, por el trabajo del Fiscal de la causa, el Dr. Martin Núñez”, remarcó la abogada querellante Cielo Petit, al manifestar su conformidad con la decisión.

No obstante, cuestionó el tiempo transcurrido hasta llegar a esta instancia. “Esperamos la audiencia de remisión a juicio que debió realizarse hace muchos años, pero un tecnicismo privó a la víctima de justicia y de un acto de reparación, después de tanto tiempo de exposición y revictimización”.

Ahora, el Juzgado de Garantías deberá fijar y realizar la audiencia para avanzar con el proceso hacia el juicio oral, en el que se analizarán los hechos denunciados y la eventual responsabilidad penal del imputado.

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