La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dejó firme la condena contra la empresa Atanor S.C.A. al rechazar el último recurso presentado por la compañía y confirmar las sentencias de primera y segunda instancia que la responsabilizan por provocar un daño ambiental irreversible sobre las aguas del río Paraná, a la altura de su planta industrial de San Nicolás.
Con esta decisión, el máximo tribunal bonaerense puso fin a un litigio que se extendió por más de una década y que fue impulsado por la Asociación Civil Cuenca Río Paraná, representada por el abogado Fabián Maggi. La resolución ratifica la responsabilidad de la firma por la contaminación generada por sus efluentes industriales y consolida uno de los antecedentes judiciales más relevantes en materia ambiental vinculados a la industria agroquímica en Argentina.
Los fundamentos del fallo
Según explicó Maggi, la sentencia se sostiene sobre tres ejes centrales: la confirmación de que el daño ocasionado al río Paraná es irreversible, la constatación de que la empresa desarrolló parte de su actividad en un marco de ilegalidad y la existencia de graves deficiencias en los controles estatales.
En este último aspecto, el fallo cuestiona el accionar de la Autoridad del Agua (ADA) y del Ministerio de Ambiente bonaerense por no haber fiscalizado adecuadamente la totalidad de los compuestos químicos asociados a la actividad de la planta. De acuerdo con el abogado de la asociación demandante, esa situación podría derivar en responsabilidades penales para funcionarios públicos por presunto incumplimiento de los deberes de funcionario e incluso falsedad ideológica.

Las pruebas de la contaminación
Durante el proceso judicial se incorporaron pericias técnicas y estudios científicos que acreditaron la presencia de distintos agroquímicos en el área de influencia de la planta de Atanor.
Entre las evidencias figura un informe de la Autoridad del Agua elaborado en febrero de 2026 sobre muestras tomadas en octubre de 2025 en el arroyo Yaguarón, donde se encuentra emplazada la fábrica. Allí se detectaron concentraciones de glifosato de hasta 1,9 microgramos por litro, de su metabolito AMPA de hasta 1,4 microgramos por litro y niveles de atrazina de hasta 0,6 microgramos por litro. También se identificó la presencia de azoxistrobina e imidacloprid en varias de las muestras analizadas.
Según Maggi, estos resultados demuestran que la contaminación persistió incluso mientras la empresa desarrollaba tareas de remediación ordenadas por la Justicia para recomponer el suelo y el acuífero subterráneo.
No obstante, el propio informe de la ADA advierte que, debido a que esos productos son ampliamente utilizados en la actividad agropecuaria y están autorizados por el Senasa, resulta complejo atribuir la totalidad de la contaminación exclusivamente a Atanor, ya que podrían existir aportes provenientes de otras actividades desarrolladas en la cuenca.
Esa ha sido precisamente la principal línea de defensa de la empresa, que sostiene que la presencia de agroquímicos en el río no responde únicamente a su actividad industrial.
Un antecedente para la justicia ambiental
Fundada en 1938 y perteneciente desde 1997 al grupo estadounidense Albaugh, Atanor es una de las principales productoras de agroquímicos del país y la única empresa de América Latina que fabrica glifosato, herbicidas fenóxidos y atrazina.
Su planta de San Nicolás fue durante años objeto de denuncias por contaminación ambiental y volvió a quedar en el centro de la escena tras la explosión ocurrida en marzo de 2024, cuando un reactor sufrió un grave incidente que dejó un trabajador herido, obligó a evacuar a vecinos de la zona y generó denuncias por problemas respiratorios y la aparición de residuos sobre viviendas, vehículos y vegetación.
Ese episodio dio lugar a otra investigación judicial, independiente de la causa ambiental ya resuelta, en la que se analizan presuntos delitos ambientales vinculados con la explosión. La investigación está a cargo del fiscal federal Patricio Mujica Díaz y, según indicó Maggi, los directivos de la empresa podrían ser elevados a juicio en el corto plazo.
La remediación continuará
Si bien la Suprema Corte confirmó que el daño ocasionado sobre el río Paraná es irreversible, la empresa deberá continuar ejecutando las tareas de recomposición ambiental sobre el suelo y el acuífero subterráneo, trabajos que seguirán bajo supervisión judicial.
Para la Asociación Civil Cuenca Río Paraná, la resolución constituye un precedente de gran importancia, no sólo porque reconoce judicialmente la existencia de un daño ambiental irreversible, sino también porque establece responsabilidades empresariales y pone bajo la lupa las fallas en los organismos estatales encargados del control ambiental.
La decisión de la Suprema Corte cierra definitivamente la discusión sobre la responsabilidad civil de Atanor por la contaminación del Paraná y se convierte en uno de los fallos más significativos de los últimos años en materia de protección ambiental en Argentina.


