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Prisión preventiva para diez entrerrianos por contrabando de armas a Uruguay

Así lo determinó la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná. Las diez personas están acusadas de conformar una organización criminal que contrabandeaba todo tipo mercadería desde la localidad entrerriana de Villa Paranacito hasta la República Oriental del Uruguay. Según registró DIARIOJUNIO, actuaban por la noche y a través de pasos clandestinos.

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó el procesamiento con prisión preventiva a diez imputados acusados de conformar una organización criminal que contrabandeaba todo tipo de mercadería como armas, municiones, relojes, cigarrillos, calzado y ropa de marcas falsificadas, desde la localidad entrerriana de Villa Paranacito hasta la República Oriental del Uruguay.

La causa se inició con una investigación dirigida por el fiscal federal subrogante a cargo de la Fiscalía Federal de Gualeguaychú, Pedro Mariano Rebollo, junto con la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), a cargo de Santiago Marquevich.

Los camaristas Mateo José Busaniche y Beatriz Estela Aranguren confirmaron los procesamientos, prisión preventiva y embargos dispuestos por el titular del juzgado federal de Gualeguaychú, Hernán Viri, en julio pasado respecto de las diez personas por el delito de contrabando de exportación cuádruplemente calificado por el número de personas que intervinieron en el hecho, por tratarse de elementos que pudieran afectar la salud pública, por el valor de la mercadería y por tratarse de armas y municiones, todos en calidad de coautores. Además, dos de ellos también fueron procesados por un segundo cargo, el de comercialización de productos con marca registrada falsificada, en grado de tentativa.

De acuerdo a la investigación del MPF, todos están acusados de conformar una banda que se dedicaba al transporte de todo tipo de mercadería -armas, cigarrillos apócrifos, ropa de marcas falsificadas, fauna ictícola, zapatillas, repelentes, relojes, etc.- desde la localidad entrerriana de Villa Paranacito hacia la República Oriental del Uruguay. El contrabando se hacía en horarios nocturnos y a través de pasos clandestinos.

La organización criminal habría funcionado por lo menos desde el 17 de agosto de 2022 hasta el 25 de junio pasado, fecha en que se realizaron los procedimientos ordenados oportunamente y realizados por personal de la Prefectura Naval Argentina.

Argumentos de la Cámara

En sintonía con lo señalado por los fiscales Rebollo y Marquevich en el pedido de procesamiento, los camaristas sostuvieron que “existen elementos probatorios claros, precisos y concordantes, que se constituyen en indicios suficientes para sostener, con el grado de probabilidad que esta instancia requiere, que los imputados habrían formado parte de la maniobra ilícita investigada”.

En relación a la verificación de la maniobra general delictiva,  consideraron que “encuentra suficiente fundamento” en las tareas de investigación, inteligencia y vigilancia realizadas por la Prefectura Naval Argentina, junto con el resultado de las numerosas intervenciones telefónicas dispuestas en la causa citadas en la resolución apelada, y las actas de procedimiento, secuestro y anexos fotográficos realizados en cumplimiento de las requisas y allanamientos efectuados.

Por otro lado, al analizar las prisiones preventivas de los imputados, señalaron que la magnitud del accionar criminal de la organización delictiva cuenta con múltiples imputados, varios allanamientos, bienes incautados, poderío económico y organizativo, y una serie de medidas en curso de producción –testimoniales en sede judicial, pericias telefónicas e informes-.

“Tales extremos permiten fundadamente presumir que aquellos, estando en libertad podrían influenciar a los testigos que restan declarar, valerse de distintos medios y recursos para darse a la fuga, abandonar el país o ayuda para permanecer ocultos; por lo que la soltura de los imputados a esta altura del proceso devendría en un riesgo de obstrucción para la actuación de la justicia”, fundamentaron.

Además, recordaron que hay un sospechoso prófugo que podría colaborar eventualmente para que los imputados se puedan dar a la fuga y/o, en su caso, entorpecer conjuntamente el progreso de la investigación.

A su vez, remarcaron que “la magnitud de la mercadería que presuntamente era exportada al Uruguay y la forma estratégica del transporte, da cuenta de que existe un cierto grado organizacional que supone la probable intervención de otros sujetos, como elementos que fundamentan el riesgo de frustración del derecho penal y/o de entorpecimiento de la investigación, con la consecuente necesidad de profundizar la pesquisa” y añadieron: «Tales circunstancias se tornan en una relevante pauta a los fines de meritar la pertinencia de la medida cautelar en cuestión”.

En esa línea, concluyeron que la prisión preventiva se presenta, por el momento, como “la modalidad más idónea, necesaria y proporcionada para asegurar con efectividad la comparecencia y sujeción de los nombrados al proceso y, a su vez, despejar la posibilidad de entorpecimiento u obstaculización de la investigación”

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