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DOS ORILLAS
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Director: Claudio Gastaldi
domingo 9 de febrero de 2025
Nota escrita por: Diana Slavkin
jueves 16 de enero de 2025
jueves 16 de enero de 2025
El Municipio aumentó las multas por incumplimientos tributarios
Mediante Decreto N° 1.703/2024, con fecha 16 de diciembre de 2024 y publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el intendente de Concordia, Francisco Azcué, estableció un nuevo régimen sancionatorio en materia tributaria, con multas actualizadas que oscilan entre $5.000 y $40.000, dependiendo de la infracción y del tipo de contribuyente, para quienes incumplan sus deberes formales ante la Dirección General de Rentas. La resolución entró en vigencia el 1º de enero de 2025 y reemplaza al Decreto N° 827/2023, que regía desde mediados del 2023. “El objetivo del nuevo régimen no es aumentar la recaudación, sino, fomentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ordenar el sistema fiscal”, aclara el texto al que accedió DIARIOJUNIO
Diana Slavkin

La medida regula los nuevos montos que deberán abonar las personas humanas y otros contribuyentes, como sociedades, cooperativas y fideicomisos, en caso de incumplir con los deberes previstos en el Código Tributario Municipal. Se enmarca en los artículos 22° a 25°, 42° y 43° del Código Tributario Municipal, además de la Ordenanza N° 38.538 y pretende actualizar las normativas que regulan las sanciones tributarias, adecuándolas a las necesidades actuales de control fiscal.

Las sanciones oscilan entre $5.000 y $40.000, dependiendo de la infracción y del tipo de contribuyente. «Con esta actualización, se busca fortalecer su sistema tributario municipal y garantizar una mayor transparencia y eficiencia en la relación con los contribuyentes”, señala

Entre las obligaciones sujetas a sanción se encuentran:

INSCRIPCIÓN ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS:

  • Inscripción voluntaria: $5.000 para personas humanas y $10.000 para el resto de los contribuyentes.
  • Inscripción a requerimiento: $10.000 y $20.000, respectivamente.

PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Y DATOS FISCALES:

  • Multas de $10.000 a $20.000 por incumplimientos relacionados con la tasa comercial y otras obligaciones tributarias.

COMUNICACIÓN DE INICIO O CESE DE ACTIVIDADES Y CAMBIOS DE DOMICILIOS:

  • Sanciones de $10.000 a $20.000 según el tipo de contribuyente.

Las multas más altas se aplicarán en casos como el no emitir facturas (hasta $40.000) o no responder pedidos de informes en tiempo y forma (hasta $30.000).

El decreto también contempla una reducción del 50% en las multas si el contribuyente subsana su falta y realiza el pago dentro de los 15 días posteriores al vencimiento de la obligación.

Según el texto publicado ayer en el Boletín Oficial, la normativa actualizada aplica a personas humanas, así como a una amplia gama de entes económicos, incluyendo sociedades comerciales, asociaciones civiles, cooperativas, mutuales y fideicomisos. Para casos no previstos específicamente, las sanciones serán cinco veces el mínimo correspondiente de la Tasa Comercial.

Allí mismo, el Ejecutivo aclara que el objetivo del nuevo régimen no es aumentar la recaudación, sino fomentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ordenar el sistema fiscal. “El sistema busca corregir conductas y facilitar la tarea de verificación y percepción de los gravámenes”, expresa puntualmente

Para mayor información, ingresar al Boletín Oficial del miércoles 15 de enero

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