Encima fue condenada a seis meses de prisión de ejecución condicional tras encontrarla penalmente responsable del delito de actos de crueldad y malos tratos contra los animales, previsto en los artículos 1 y 2 inciso 1° de la Ley Nacional 14.346.
La sentencia fue dictada el 22 de mayo por el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Aníbal Lafourcade, en el marco de un juicio abreviado, procedimiento mediante el cual la imputada admitió los hechos investigados y aceptó la responsabilidad penal atribuida por la Fiscalía.
De acuerdo a la resolución judicial, Encina mantenía bajo su custodia dos perros raza Rottweiler —un macho y una hembra de aproximadamente diez años— y un Bulldog Francés macho, que se encontraban en estado de abandono, descuido y sin recibir la cantidad ni la calidad suficiente de alimento y agua.
La investigación se inició a partir de una denuncia radicada el 9 de mayo de 2025. Posteriormente, personal policial y profesionales veterinarios constataron las condiciones en las que permanecían los animales en una vivienda ubicada sobre calle Souza Reilly, entre Alvear y Laprida de Concordia.
Durante el allanamiento ordenado por la Justicia, el veterinario policial Diego Hirigoyen verificó que los dos Rottweiler presentaban bajo peso, heridas de vieja data y presencia de ectoparásitos. Además, observó graves deficiencias sanitarias en el inmueble, donde había acumulación de materia fecal, restos de comida, excrementos de roedores y veneno para ratas esparcido en distintos sectores.
El informe incorporado al expediente también menciona la existencia de una dependencia utilizada como peluquería canina, donde fueron halladas agujas, vacunas sin refrigeración y un envase vacío de xilacina, un medicamento veterinario de venta restringida.
Asimismo, durante la investigación se recibieron testimonios que dieron cuenta del estado en que se encontraban los animales y de antecedentes vinculados al inmueble. Uno de los declarantes señaló que la propietaria ya había tenido conflictos relacionados con un supuesto criadero clandestino y que anteriormente se habrían registrado situaciones similares con otros perros.
Al analizar la prueba reunida, el juez concluyó que quedó acreditado que la imputada mantenía a los animales en condiciones incompatibles con su bienestar y salud.
En uno de los pasajes de la sentencia se señala que los perros presentaban signos de desnutrición avanzada y pérdida de masa muscular, y que Encina conocía la situación que atravesaban los animales, manteniéndolos en cautiverio, con alimentación insuficiente y en un ambiente con escasas condiciones de higiene.
Un antecedente para futuras denuncias
En diálogo con DIARIOJUNIO, el abogado Eduardo Díaz, representante de Conciencia Animal y querellante en la causa junto a Francisco Horacio Froy, sostuvo que la resolución marca un punto de inflexión para las denuncias por maltrato animal en Concordia.
«Entendemos que sienta una jurisprudencia muy importante porque es la primera vez que ocurre una resolución de esta naturaleza, donde una persona resulta condenada por un hecho de maltrato animal», expresó.

En ese sentido, aclaró que la condena se alcanzó mediante un juicio abreviado, mecanismo en el cual la imputada aceptó tanto la materialidad de los hechos como su responsabilidad penal.
Allí mismo, destacó que el resultado fue posible gracias a la actuación conjunta de la Fiscalía, los testigos que aportaron información clave para la investigación y la participación de Conciencia Animal como querellante. «El trabajo de todos fue lo más importante para lograr la sentencia», señaló.
Según Díaz, el fallo no solamente castiga una conducta determinada sino que también busca generar conciencia social sobre la protección de los animales. «La pena en este caso tiene un encuadre de prevención general porque lo que propone entender al resto de la sociedad es que los animales son seres que sienten, son seres vulnerables al dolor y al maltrato, y que están protegidos por una ley nacional», sostuvo.
En ese sentido, destacó también el trabajo realizado por la fiscal auxiliar Macarena Mondragón Pafundi. «La fiscal entendió que era algo para investigar a fondo. Hizo un trabajo espectacular porque llevó esto hasta las últimas consecuencias. La solidez de la investigación y de los allanamientos permitió consolidar una prueba suficiente para llegar a esta instancia», afirmó.
Las restricciones impuestas por la Justicia
Además de la pena de prisión condicional, la sentencia impuso una serie de reglas de conducta que Encina deberá cumplir durante dos años.
Entre otras obligaciones, deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio de residencia, abstenerse de realizar actos de violencia o intimidación hacia testigos de la causa, concurrir periódicamente a la Oficina de Medidas Alternativas y acreditar la realización de un curso de concientización sobre maltrato animal y cuidado responsable.
Asimismo, el magistrado le prohibió utilizar medicamentos veterinarios sin la correspondiente prescripción profesional en actividades vinculadas al cuidado o peluquería de animales.
«Es un fallo muy interesante también por las accesorias. La Justicia no solamente impuso una condena, sino que le exige determinadas conductas vinculadas al trato adecuado hacia los animales para evitar que situaciones de este tipo vuelvan a repetirse», remarcó Díaz, y recordó que los tres perros rescatados fueron posteriormente entregados a terceros para garantizar su recuperación y posterior adopción.
La resolución representa uno de los antecedentes judiciales más importantes registrados hasta el momento en Concordia en materia de protección animal y podría convertirse en una referencia para futuras denuncias por maltrato.
«Cuando existen denuncias, testigos y pruebas, la mejor manera de avanzar es a través de la Justicia. Este caso demuestra que es posible llegar a una condena cuando los hechos logran acreditarse», concluyó Díaz.

