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martes 18 de marzo de 2025
jueves 13 de marzo de 2025
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La Justicia entrerriana falló en contra de la Agencia de Vialidad Nacional y no podrá exigir el pago de multas para renovar licencias
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná ordenó al Centro Emisor de Licencias de Conducir, dependiente de la Municipalidad de Paraná y de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), que tramite la renovación de una licencia sin exigir el pago previo de multas impuestas en otras jurisdicciones. En ese sentido, registró DIARIOJUNIO, el tribunal reafirmó que esa práctica vulnera el derecho al debido proceso, ya que las sanciones deben ser cobradas mediante la vía judicial y no a través de un mecanismo compulsivo en el trámite de la licencia.

En su resolución, el tribunal tuvo por denunciado el Convenio de Cooperación Interjurisdiccional para el Cobro de Infracciones al Tránsito, lo que significa que el municipio ya no está obligado a exigir la cancelación de sanciones pecuniarias informadas por la ANSV.

La decisión se suma a fallos anteriores en los que la Justicia consideró que esta práctica violaba el derecho al debido proceso de los ciudadanos. Según la Cámara, los organismos que se consideran acreedores de estas multas deben recurrir a la vía judicial para exigir su cobro, y no utilizar el trámite de la licencia como un mecanismo de presión.

El fallo se dio en el marco de distintos expedientes judiciales, como los casos “Batut, Bernabé Agustín c/ Municipalidad de Paraná”, del 5 de diciembre de 2024, y “Ocampo, Patricia Roxana c/ Municipalidad de Paraná”, del 11 de febrero de 2025.

Además, esta línea interpretativa ya había sido adoptada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Concepción del Uruguay, en el caso “Silva, Diego Nicolás c/ Municipalidad de Concepción del Uruguay”, decisión que fue confirmada por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos el 20 de diciembre de 2024.

6 comentarios

  • Oscar Sava

    Asi deberia ser a nivel nacional

  • Chirolas, son una verguenza judicial…

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  • Roberto Giagnolo

    Procedimiento propiamente recaudatorio, en ruta 11 partido de Gral. Lavalle km 262, movil de la municipalidad detenido, sin la debida colocación de conos y advertencia de su presencia con cartel de velocidad máxima, creo que deben ser colocados 300 metros antes de la constatación de la infracción. Así tratan de recaudar, nunca me llegó notificación de la misma. En 2023 consulte infracciones para renovar registro y ahí por patente salió la probable infracción.

  • Sobre todo porque la corrupta policía entrerriana pone multas por cualquier pelotudez. Detestables hdp

  • Así tendría,q ser cuando te sacan parte de la moto q rs propiedad privada,como los,caño de escape etc tendría q ir a asuntos judiciales para,su cobro de multa, y no llevarte la moto y sacarle a misma lo q ellos,quieren.para eso esta,la vía,judicial sin tener q,quitarte el vehículo y sacarte parte del mismo

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  • Magno Ibañez

    Eso es lo correcto, algunas instituciones hacen abuso de poder sobre los ciudadanos limitando sus derechos.

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